Que, el artículo 147 numeral 10 de la Constitución de la República del Ecuador, prevé, como una de las atribuciones del Presidente de la República, nombrar y remover a embajadores y jefes de misión;
Que, el artículo 113 de la Codificación de la Ley Orgánica del Servicio Exterior establece que el nombramiento de jefes titulares de misiones diplomáticas se hará mediante. Decreto, una vez que se cumplan los requisitos legales de orden interno y se obtenga el asentimiento del gobierno ante el cual serán acreditados;
Que, el artículo 84 de la Ley Orgánica del Servicio Exterior, faculta efectuar nombramientos en las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares que mantiene el Ecuador en diferentes países en el exterior;
Que, el Gobierno de los Estados Unidos de América ha otorgado el beneplácito de estilo, para la designación del señor Franciso Borja Cevallos, como Embajador Extraor- dinario y Plenipotenciario de la República del Ecuador ante el Gobierno de los Estados Unidos de América; y,
En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Constitución de la República y la Ley.