No. MAGAP 110
Javier Ponce Cevallos
EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, ACUACULTURA Y PESCA
Resuelve:
Artículo 1.- Aceptar la transferencia del dominio, posesión, uso y goce, con todos los derechos reales, uso, costumbres, entradas, salidas, servidumbres activas y pasivas que le son anexas, incluyendo todas las edificaciones que sobre él se levanten, todos los bienes muebles que se reputen inmuebles por adherencia, por destino o por incorporación así como, sus accesorios, sin reserva de nada para sí, del predio que se detalla a continuación: Predio denominado APUELA, Área 1.500 m2. Clave Catastral: 51010101168000. Dirección: Calle Pública s/n. Linderos: Norte, Sur y Oriente: propiedades de los cónyuges Rogelio Pasquel Benalcázar y María Beatriz Almeida en cuarenta, treinta y cinco y cuarenta metros de longitud, respectivamente; y Occidente, con calle pública en la longitud de cuarenta metros. Parroquia Apuela. Cantón Cotacachi. Provincia de Imbabura.
Artículo 2.- Delegar al Coordinador Zonal 1, del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, coordine con la Dirección Nacional de Legalización de Bienes del Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público INMOBILIAR, la realización de los trámites que correspondan con el objeto de formalizar la transferencia de dominio del inmueble.
Artículo 3.- Disponer al Director Provincial del MAGAP Imbabura, que una vez perfeccionada la transferencia de dominio del citado inmueble, suscriba la respectiva Acta de Entrega Recepción del inmueble detallado en el Art. 1 de la presente Resolución, de conformidad a lo establecido en el Artículo 64 del Reglamento General Sustitutivo de Bienes del Sector Publico.
Artículo 4.- Notificar con el contenido de la presente Resolución de aceptación de la transferencia al Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público INMOBILARIA, Coordinación Zonal 1 del MAGAP y Dirección Provincial Agropecuario de Imbabura.
Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, sin prejuicio de su publicación en el Registro oficial.
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