Nº JB-2011-1872
LA JUNTA BANCARIA
Resuelve:
En el Libro I “Normas generales para la aplicación de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero” de la Codificación de Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria, efectuar el siguiente cambio:
ARTÍCULO ÚNICO.- En el Capítulo V “Constitución, funcionamiento y las operaciones de las compañías emisoras o administradoras de tarjetas de crédito y los departamentos de tarjetas de crédito de las instituciones financieras”; del Título I “De la constitución”, sustituir el segundo inciso del artículo 13, por el siguiente:
“El contrato a celebrarse entre las instituciones autorizadas para la emisión o administración de tarjetas de crédito, de pago o de afinidad y los tarjetahabientes, se hará en base al modelo de contrato que la Superintendencia de Bancos y Seguros determine, el cual contendrá como mínimo lo siguiente:”.
Comuníquese y publíquese en el Registro Oficial.
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