Que, el artículo 178 de la Constitución de la República del Ecuador establece: “El Consejo de la Judicatura es el órgano de gobierno, administración, vigilancia y disciplina de la Función Judicial…”;
Que, los numerales 1 y 5 del artículo 181 de la Constitución de la República del Ecuador señalan como funciones del Consejo de la Judicatura: “1. Definir y Ejecutar las políticas para el mejoramiento y modernización del sistema judicial (…); y 5. Velar por la transparencia y eficiencia de la Función Judicial.”;
Que, el artículo 3 del Código Orgánico de la Función Judicial determina: “(…) los órganos de la Función Judicial, en el ámbito de sus competencias, deberán
formular políticas administrativas que transformen la Función Judicial para brindar un servicio de calidad de acuerdo a las necesidades de las usuarias y usuarios…”;
Que, el artículo 254 del Código Orgánico de la Función Judicial expresa: “El Consejo de la Judicatura es el órgano único de gobierno, administración, vigilancia y disciplina de la Función Judicial…”;
Que, el numeral 1 del artículo 100 del Código Orgánico de la Función Judicial dispone: “Son deberes de las servidoras y servidores de la Función Judicial, según corresponda al puesto que desempeñen, los siguientes: 1. Cumplir, hacer cumplir y aplicar, dentro del ámbito de sus funciones, la Constitución, los instrumentos internacionales de derechos humanos, las leyes y reglamentos generales; el Estatuto Orgánico Administrativo de la Función Judicial, los reglamentos, manuales, instructivos y resoluciones del Pleno del Consejo de la Judicatura y de sus superiores jerárquicos…”;
Que, el numeral 10 del artículo 264 del Código Orgánico de la Función Judicial establece como facultad del Pleno del Consejo de la Judicatura: “10.Expedir, modificar, derogar e interpretar obligatoriamente el Código de Ética de la Función Judicial, el Estatuto Orgánico Administrativo de la Función Judicial, los reglamentos, manuales, instructivos o resoluciones de régimen interno, con sujeción a la Constitución y la ley, para la organización, funcionamiento, responsabilidades, control y régimen disciplinario; particularmente para velar por la transparencia y eficiencia de la Función Judicial…”;
Que, el Pleno del Consejo de la Judicatura en sesión de 28 de abril de 2014, mediante Resolución 070-2014, publicada en la Edición Especial del Registro Oficial No. 158, de 30 de julio de 2014, resolvió: “APROBAR EL ESTATUTO INTEGRAL DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL POR PROCESOS QUE INCLUYE LA CADENA DE VALOR, SU DESCRIPCIÓN, EL MAPA DE PROCESOS, LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y LA ESTRUCTURA DESCRIPTIVA DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DE NIVEL CENTRAL Y DESCONCENTRADO”;
Que, el Pleno del Consejo de la Judicatura en sesión de
25 de junio de 2015, mediante Resolución 186-2015, publicada en la Edición Especial del Registro Oficial No.
350, de 7 de agosto de 2015, resolvió: “REFORMAR LA RESOLUCIÓN 070-2014 QUE CONTIENE EL ESTATUTO INTEGRAL DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL POR PROCESOS QUE INCLUYE LA CADENA DE VALOR, SU DESCRIPCIÓN, EL MAPA DE PROCESOS, LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y LA ESTRUCTURA DESCRIPTIVA DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DE NIVEL CENTRAL Y DESCONCENTRADO”;
Que, mediante Resolución MRL-VSP-2014-0391, de
17 de julio de 2014, el Viceministro de Servicio Público del Ministerio de Relaciones Laborales, resolvió aprobar la revisión a la clasificación y cambio de denominación de quince (15) puestos comprendidos dentro del nivel jerárquico superior, para el Consejo de la Judicatura;
Que, mediante Resolución MRL-VSP-2014-0392, de 17 de julio de 2014, el Viceministro de Servicio Público del Ministerio de Relaciones Laborales, resolvió aprobar la creación de cuarenta y siete (47) puestos comprendidos dentro del nivel jerárquico superior para el Consejo de la Judicatura, entre las cuales constan: Directores Nacionales, Subdirectores y Coordinadores Generales;
Que, mediante Memorando CJ-DNTICS-2015-862, de
11 de junio de 2015, suscrito por el ingeniero Ruperto Amagüai Ushiña, Director Nacional de Tecnologías de la Información y Comunicaciones TIC’s (e), solicita a la economista Andrea Bravo Mogro, Directora General: “…se designe como Subdirector Nacional de Sistemas de Información, al ingeniero René Medardo Llivicura Vázquez”;
Que, el Pleno del Consejo de la Judicatura conoció el
Memorando CJ-DG-2015-5217, de 15 de septiembre de
2015, suscrito por la economista Andrea Bravo Mogro, Directora General, quien remite el memorando DNTH-
7527-2015, de 10 de septiembre de 2015, suscrito por la ingeniera María Cristina Lemarie Acosta, Directora Nacional de Talento Humano (e), que contiene: “Designación Subdirector Nacional de Sistemas de Información”; y,
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, por unanimidad,