Resolución 277-2015 Apruébense los informes técnicos y desígnense Notaria Suplente en la provincia de Morona Santiago y Notarios Suplentes en las provincias de Loja y Pichincha

No. 277-2015

EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA 

RESUELVE:

APROBAR LOS INFORMES TÉCNICOS Y DESIGNAR NOTARIA SUPLENTE EN LA PROVINCIA DE MORONA SANTIAGO Y NOTARIOS SUPLENTES EN LAS PROVINCIAS DE LOJA Y PICHINCHA

Artículo 1.- Aprobar los informes técnicos, referente a las designaciones de notaria suplente en la provincia de Morona Santiago y notarios suplentes en las provincias de Loja y Pichincha, suscritos por la ingeniera María Cristina Lemarie Acosta, Directora Nacional de Talento Humano (e) del Consejo de la Judicatura.

Artículo 2.- Designar notaria suplente en la provincia de Morona Santiago y notarios suplentes en las provincias de Loja y Pichincha, a las siguientes personas:

 

 

Notaria suplente de la provincia de Morona Santiago

 

No.

Nombre del notario titular

Nombre de la notaria postulante

Notaría que aplica

Situación laboral actual

1

Brito Galarza Richard

Giovanny

Zhunio Ibarra Emerita

Mercedes

4-Morona

Libre ejercicio profesional

 

Notario suplente de la provincia de Loja

No.

Nombre del notario titular

Nombre del notario pos- tulante

Notaría que aplica

Situación laboral actual

1

Álvarez Romero Rocío de los Andes

Carrión Carrión Jorge Luis

2-Macará

Libre ejercicio profesional

 

Notario suplente de la provincia de Pichincha

No.

Nombre del notario titular

Nombre del notario postulante

Notaría que aplica

Situación laboral actual

1

Cedeño Armas José Antonio

Soria Granizo Carlos

Ernesto

81-Quito

Libre ejercicio profesional

 

Artículo 3.- Delegar a la Dirección General del Consejo de la Judicatura, la notificación y posesión de la notaria y notarios suplentes que constan en esta resolución, conforme a lo establecido en la ley, los reglamentos e instructivos previstos para el efecto.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

ÚNICA.- Previa la posesión de la notaria y notarios suplentes, se deberán observar las incompatibilidades determinadas en el artículo 78 del Código Orgánico de la Función Judicial. De ser el caso, los notarios titulares, deberán proponer un nuevo candidato que cumpla con lo establecido en el reglamento respectivo.

DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA.- La ejecución de esta resolución estará a cargo, en el ámbito de sus competencias de la Dirección General, Dirección Nacional de Talento Humano y de las Direcciones Provinciales de Morona Santiago, Loja y Pichincha del Consejo de la Judicatura.

SEGUNDA.- Esta resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su aprobación, sin perjuicio de su publicación en el registro oficial.

Lunes 21 de Septiembre de 2015