Que, el Ministerio de Cultura fue creado mediante Decreto Ejecutivo No. 5, de 15 de enero de 2007, publicado en el Registro Oficial No. 22 de 14 de febrero del mismo año, hoy denominado Ministerio de Cultura y Patrimonio, de conformidad con el artículo 5 del Decreto Ejecutivo No.1507 de fecha 08 de mayo del 2013, cuya misión radica en fortalecer la identidad nacional y la interculturalidad; proteger y promover la diversidad de las expresiones culturales; incentivar la libre creación artística y la producción, difusión, distribución y disfrute de bienes y servicios culturales; y salvaguarda de la memoria social y el patrimonio cultural, garantizando el ejercicio pleno de los derechos culturales.
Que, El artículo 154, numeral 1, de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: “A las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión”.
Que, el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: “La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación”.
Que, el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, en su parte pertinente dispone: “Las delegaciones ministeriales a las que se refiere este artículo serán otorgadas por los Ministros de Estado mediante acuerdo ministerial, el mismo que será puesto en conocimiento del Secretario Nacional de la Administración Pública y publicado en el Registro Oficial. El funcionario a quien el Ministro hubiere delegado sus funciones responderá directamente de los actos realizados en ejercicio de tal delegación.”
Que, el literal a) del artículo 5 de la Codificación y Reformas a la Ley Constitutiva de la Orquesta Sinfónica Nacional establece: “La Junta Directiva estará compuesta de los siguientes miembros: a) Un representante del Ministerio de Educación Pública.”.
Que, el literal a) del artículo 7 del Reglamento a la Ley Constitutiva de la Orquesta Sinfónica Nacional establece: “La Junta Directiva estará integrada por los siguientes miembros: a) Un representante del Ministerio de Educación y Cultura.”.
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. DM-2014-156, de 03 de diciembre de 2014, se delegó al señor ingeniero Alexander Vega Tapia, como representante de esta Cartera de Estado ante la Junta Directiva de la Orquesta Sinfónica Nacional.
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. DM-2015-076, de 15 de julio de 2015, se dispuso la subrogación de funciones del cargo de Ministra de Cultura y Patrimonio a la señora Ana Cristina Rodríguez Ludeña, Viceministra de Cultura y Patrimonio, a partir del 18 de julio de 2015, hasta las 17h00 del día 02 de agosto de 2015.
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 154 numeral 1 de la Constitución de la República, en concordancia con el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,