Decreto 719 Exonérese del pago del cien por ciento (100%) del anticipo del impuesto a la renta, correspondiente al período fi scal 2015, a las empresas dedicadas exclusivamente al procesamiento y exportación de café soluble

No. 719
Rafael Correa Delgado 
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Decreta:

Artículo 1.- Exonérase del pago del cien por ciento (100%) del anticipo del impuesto a la renta, correspondiente al período fiscal 2015, a las empresas dedicadas exclusivamente al procesamiento y exportación de café soluble.

Artículo Final.- De la ejecución del presente Decreto Ejecutivo, que entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial, encárguese el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca y el Servicio de Rentas Internas, dentro del ámbito de sus competencias..

Viernes 26 de Junio de 2015