Que el artículo 226 de la Constitución de la República establece: "Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que le sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución";
Que la letra e) del artículo 77 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado dispone: “Los Ministros de Estado y las máximas autoridades de las instituciones del Estado, son responsables de los actos, contratos o resoluciones emanados de su autoridad. Además se establecen las siguientes atribuciones y obligaciones específicas:
1. Titular de la entidad: (…)
e) Dictar los correspondientes reglamentos y demás normas secundarias necesarias para el eficiente, efectivo y económico funcionamiento de sus instituciones”;
Que el artículo 10 de la Ley Orgánica de Empresa Públicas señala: “La o el Gerente General de la empresa pública será designado por el Directorio, de fuera de su seno. Ejercerá la representación legal, judicial y extrajudicial de la empresa y será en consecuencia el responsable de la gestión empresarial, administrativa, económica, financiera, comercial, técnica y operativa. Deberá dedicarse de forma exclusiva y a tiempo completo a las labores inherentes a su cargo, con la salvedad establecida en la Constitución de la República”;
Que los números 11 y 12 del artículo 11 de la Ley Orgánica de Empresas Públicas señalan: El Gerente General, como responsable de la administración y gestión de la empresa pública, tendrá los siguientes deberes y atribuciones: (…)
11. Resolver sobre la creación de agencias y unidades de negocio;
12. Designar y remover a los administradores de las agencias y unidades de negocios, de conformidad con la normativa aplicable;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1457 de fecha 13 de marzo de 2013, el Presidente Constitucional de la República creó la Empresa Pública "YACHAY E.P." con el objeto de desarrollar las actividades económicas relacionadas a la administración del Proyecto Ciudad del Conocimiento "YACHAY";
Que, en sesión llevada a cabo con fecha 28 de marzo de 2013, el Directorio de la Empresa Pública YACHAY E.P. designó al Mgs. Héctor Rodríguez Chávez como Gerente
General de la Empresa Pública YACHAY E.P; según se desprende de la Resolución No. 01-DIR-YACHAY EP- 2013 de 28 de marzo de 2013;
Que, mediante Resolución No. YACHAY EP-GG-0030- 2014 de 02 de diciembre de 2014, el Gerente General de la Empresa Pública YACHAY EP creó la Unidad de Negocios de Gestión de Servicios de la Ciudad; estableció sus objetivos, competencias y su estructura orgánica; y, designó a Gerente de dicha unidad;
Que, mediante Resolución No. YACHAY EP-GG-2014- 0036 de fecha 17 de diciembre de 2014, el señor Gerente General de la Empresa Pública YACHAY resolvió:
“Art. 1.- Sustituir el artículo 3 de la Resolución N° YACHAY EP-GG-0030-2014 de 02 de diciembre de 2014 por medio de la cual se creó la Unidad de Negocios de Gestión de Servicios de la Ciudad, por el siguiente:
"Art. 3.- La Unidad de Negocios de Gestión de Servicios de la Ciudad, se gestionará a través de los siguientes componentes:
Ø Gerencia de la Unidad de Negocios de Gestión de Servicios de la Ciudad, cuyo Gerente estará ubicado en el grado siete (7) de la Escala del Nivel Jerárquico Superior emitida por el entonces Ministerio de Relaciones Laborales, hoy Ministerio del Trabajo.
· Coordinación de Planificación y Financiera
· Coordinación de Atención al Ciudadano
· Coordinación de Administración y Logística
· Coordinación Jurídica
· Coordinación de Proyectos Ciudad Inteligente
· Coordinación de Gestión del Centro de Vida
· Coordinación de Servicios Básicos y Movilidad
· Coordinación de Espacios Públicos y Gestión de Residuos
· Coordinación de Seguridad Ciudadana e Industrial
Las y los Coordinadores se ubicarán en el grado cinco (5) de la Escala de Nivel Jerárquico Superior emitida por el entonces Ministerio de Relaciones Laborales, hoy Ministerio del Trabajo";
Que, mediante Resolución No. YACHAY EP-GG-2015-007 de 28 de febrero de 2015, el Gerente General de la Empresa Pública YACHAY E.P., sustituyó el artículo 3 de la Resolución No. YACHAY EP-GG-0030-2014 de 02 de diciembre de 2014, a través de la cual se creó la Unidad de Negocios de Gestión de Servicios de la Ciudad, reformada mediante Resolución No. YACHAY EP-GG-2014-0036 de 17 de diciembre de 2014, por el siguiente texto:
"Art. 3.- La Unidad de Negocios de Gestión de Servicios de la Ciudad, se gestionará a través de la siguiente estructura administrativa:
· Gerencia de la Unidad de Negocios de Gestión de Servicios de la Ciudad.
· Dirección de Planificación y Financiera;
· Dirección de Atención al Ciudadano;
· Dirección de Administración y Logística;
· Dirección Jurídica;
· Dirección de Proyectos Ciudad Inteligente;
· Dirección de Gestión del Centro de Vida;
· Dirección de Servicios Básicos y Movilidad;
· Dirección de Espacios Públicos y Gestión de Residuos; y
· Dirección de Seguridad Ciudadana e Industrial.
Que, la disposición general primera de la Resolución No. YACHAY EP-GG-2015-0007 de 28 de febrero de 2015,
deroga la Resolución No. YACHAY EP-GG-0036-2014 de 17 de diciembre de 2014;
Que, mediante Memorando No. YACHAY-GUNGSC-2015-0076 –MI de 15 de abril de 2015, el Gerente de la Unidad de Negocios de Gestión de Servicios de la Ciudad solicitó al Gerente General de la Empresa Pública YACHAY EP se modifique de la Resolución No. YACHAY EP-GG-2015-007 de 28 de febrero de 2015, la denominación de la Dirección de Planificación y Financiera por Dirección Administrativa Financiera, y de la Dirección Administración y Logística por Dirección de Mantenimiento y Logística;
Que, mediante nota marginal inserta en el Memorando No. YACHAY-GUNGSC-2015-0076 –MI de 15 de abril de 2015, el señor Gerente General dispuso a la Gerencia Jurídica realizar la correspondiente resolución de conformidad al pedido efectuado por el Gerente de la Unidad de Negocios de Gestión de Servicios de la Ciudad; y,
Que, es necesario armonizar la organización de la Unidad de Negocios de Gestión de Servicios de la Ciudad con las necesidades operativas y administrativas para el cumplimiento de los objetivos de su creación.
En ejercicio de las atribuciones conferidas en los Artículos 10 y 11 de la Ley Orgánica de Empresas Públicas y la letra e) del artículo 77 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado; Los cargos del gerente y de las y los directores de la Unidad de Negocios de Gestión de Servicios de la Ciudad se ubicarán en el mismo grado de la Escala del Nivel Jerárquico Superior que los actuales gerentes y directores administrativos y técnicos de la Empresa Pública YACHAY E.P.";