No. PLE-TCE-392-23-06-2015
EL TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL
Resuelve:
Expedir el siguiente, ESTATUTO ORGÁNICO DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL.
TÍTULO I
GESTIÓN ORGANIZACIONAL POR PROCESOS
Artículo 1.- Direccionamiento estratégico
Misión
Prestar el servicio público de administración de justicia electoral, como última y definitiva instancia jurisdiccional, conforme la Constitución de la República y el Código de la Democracia; garantizando a los sujetos políticos el ejercicio de sus derechos, con aplicación de los principios de autonomía, independencia, publicidad, transparencia, equidad, interculturalidad, paridad de género, celeridad y probidad.
Visión
Ser órgano referente de justicia a nivel nacional e internacional, con procesos de excelencia y calidad.
Articulo 2.- Objetivo estratégicos
1. Resolver las causas contencioso electorales bajo los principios constitucionales y legales;
2. Construir un modelo de gestión que posibilite la misión y visión institucionales; y,
3. Fortalecer las competencias de los servidores públicos del Tribunal Contencioso Electoral, para brindar servicios públicos de calidad.
TÍTULO II ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DE
GESTIÓN POR PROCESOS
Artículo 3.- Estructura Organizacional de Gestión por Procesos
La Estructura Organizacional del Tribunal Contencioso Electoral está diseñada como un medio idóneo para alcanzar los objetivos y fundamentalmente la misión y visión institucionales, que parten de las atribuciones conferidas a la Institución en la Constitución de la República y en el Código de la Democracia.
Su finalidad, establecer un sistema que define roles, atribuciones, responsabilidades y productos a cada una de las áreas de gestión, a la par que las armoniza en función del trabajo coordinado y jerárquico.
Este instrumento servirá de consulta a los(as) dignatarios(as), funcionarios(as) y servidores(as) del Tribunal Contencioso Electoral, así como a los usuarios de los servicios que presta; a la vez, permitirá mantener el orden organizacional a través del respeto y cumplimiento de las políticas, directrices e instrucciones emitidas por las autoridades, e incrementar la productividad, disminuyendo actividades que no generan valor, eliminando las demoras, errores y reprocesos frecuentes.
Artículo 4.- Procesos del Tribunal Contencioso Electoral Para el establecimiento de los procesos se ha tomado como punto de referencia la matriz de competencias y el modelo de gestión institucional y, fundamentalmente, el diseño de gestión que relaciona:
□ Competencia
□ Tipo de Proceso
□ Macro proceso
□ Procesos
□ Órgano atribuido
A partir de estos componentes se identificaron los procesos
Gobernantes, Agregadores de Valor, y Habilitantes:
Macro procesos |
Definición |
a) GOBERNANTES |
Aquellos que se encargan de la definición de políticas, estrategias, planes y directrices que garanticen el cumplimiento de la misión y visión. |
b) AGREGADORES DE VALOR |
Aquellos que generan, administran y controlan productos y servicios relacionados con la misión y objetivos estratégicos, y están orientados a satisfacer las demandas de la sociedad. |
c) HABILITANTES |
Brindan apoyo administrativo y asesoría para la ejecución de los demás macro procesos; se clasifican en habilitantes de apoyo y habilitantes de asesoría, y como resultado generan productos secundarios. |
TÍTULO III
COMPETENCIAS Y FACULTADES
Artículo 5.- Tipología
El Tribunal Contencioso Electoral se ubica como una Institución de tipología Uno, esto es no descentralizada, de carácter privativo y con competencias, productos y servicios acordes a su naturaleza estratégica y de alcance nacional, que no son susceptibles de ser descentralizados, tal como lo dispone la parte final del inciso tercero de la Disposición Transitoria Undécima de la Constitución de la República del Ecuador.
Artículo 6.- Competencias y facultades
Las competencias del Tribunal Contencioso Electoral constan del ordenamiento jurídico del Estado del Ecuador, identificándose para los procesos gobernantes, de valor agregado y habilitantes las que a continuación se enumeran, con indicación de las facultades que les corresponden:
TÍTULO IV |
1.1. |
DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO |
PUESTOS DIRECTIVOS |
1.2. |
PLANIFICACIÓN FINANCIERA |
Artículo 7.- Puestos Directivos
Los puestos de libre nombramiento y remoción establecidos en el nivel directivo dentro de la estructura orgánica son:
1. Presidente(a)del Tribunal Contencioso Electoral
2. Vicepresidente(a)del Tribunal Contencioso Electoral
3. Jueces(zas)del Tribunal Contencioso Electoral
4. Secretario(a) General
5. Prosecretario(a)
6. Coordinador(a) General de Investigación Contencioso Electoral
7. Coordinador(a) General Administrativo(a) Financiero(a)
8. Director (a) de Investigación y Estudios
9. Director (a) de Cooperación Interinstitucional
10. Director(a) de Servicio Ciudadano
11.Director(a) de Asesoría Jurídica
12. Director(a) de Auditoría Interna
13. Director(a) de Planificación
14. Director(a) de Comunicación Social
15. Director(a) Administrativo(a)
16. Director(a) Financiero(a)
17. Director(a) de Talento Humano
18. Director(a) de Tecnología de Información y
Comunicación
TÍTULO V
ESTRUCTURA BÁSICA DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO ELECTORAL
Artículo 8.- Estructura por procesos alineada a la misión
Para el cumplimiento de su misión, visión y objetivos estratégicos el Tribunal Contencioso Electoral desarrolla los siguientes procesos internos:
A) PROCESOS GOBERNANTES
1. GESTIÓN ESTRATÉGICA
2. GESTIÓN DIRECTIVA
2.1. PLANIFICACIÓN
2.2. ORGANIZACIÓN
2.3. DIRECCIÓN
2.4. CONTROL
B) PROCESOS AGREGADORES DE VALOR
3. GESTIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA CONTENCIOSO ELECTORAL
3.1. GESTIÓN DE LOS JUECES Y JUEZAS
4. GESTIÓN DE SECRETARÍA GENERAL
4.1. GESTIÓN DE PROSECRETARÍA
5. GESTIÓN DE INVESTIGACIÓN CONTENCIOSO ELECTORAL
5.1. GESTIÓN DE INVESTIGACIÓN Y ESTUDIOS
5.2. GESTIÓN DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL
5.3. GESTIÓN DE SERVICIO CIUDADANO
C) PROCESOS HABILITANTES Habilitantes de asesoría
6. GESTIÓN DE ASESORÍA JURÍDICA
7. GESTIÓN DEL CONTROL INTERNO
8. GESTIÓN DE PLANIFICACIÓN
5.
9. GESTIÓN DE COMUNICACIÓN
Habilitantes de apoyo
10. GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA
10.1 GESTIÓN FINANCIERA
10.2 GESTIÓN DE TALENTO HUMANO
10.3 GESTIÓN ADMINISTRATIVA
10.4 GESTIÓN TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN
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Título VII DISPOSICIONES GENERALES
PRIMERA.- La estructura básica, productos y servicios que se gestionen en las Unidades Administrativas del Tribunal Contencioso Electoral, se sustentarán conforme la misión y al portafolio de productos establecidos en el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de cada una de las unidades administrativas, tanto de los procesos Habilitantes de Asesoría y Apoyo, como en los procesos Agregadores de Valor.
SEGUNDA.- La estructura básica, el portafolio de productos y servicios determinados en el presente Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos podrá ser reformado (incorporar, suprimir, fusionar o transferir) conforme se ejecute el proceso de implementación de la nueva Estructura Orgánica, mediante acto resolutivo interno por parte del Presidente del Tribunal Contencioso Electoral.
TERCERA.- Los funcionarios, servidores y trabajadores del Tribunal Contencioso Electoral, tienen la obligación de sujetarse a la jerarquía establecida en la estructura orgánica por procesos, así como al cumplimiento de las normas, atribuciones, responsabilidades, productos y servicios, determinados en el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos. Su inobservancia será sancionada de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes.
CUARTA.- Todo lo que no estuviere previsto en el presente Estatuto Orgánico, se aplicarán las disposiciones legales que corresponda, para cada unidad administrativa.
QUINTA.- Las Direcciones de Planificación y Financiera, coordinarán con las Unidades Administrativas del Tribunal Contencioso Electoral, la elaboración de la proforma presupuestaria y el plan operativo anual institucional.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
PRIMERA.- Para la implementación y funcionamiento del presente Estatuto Orgánico, se deberá considerar dentro del presupuesto del año 2015 y 2016 el correspondiente financiamiento, que permita cumplir con la misión y el portafolio de productos y servicios de cada unidad administrativa, que son de vital importancia para el desarrollo de la gestión institucional.
SEGUNDA.- Una vez aprobado el presente Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos y para cumplir con las competencias que establecidas en este, las unidades administrativas creadas para cumplir con ciertas competencias que fueren suprimidas por el Pleno del Tribunal Contencioso Electoral, dejarán de ser funcionales y desaparecerán, sin que esto afecte al normal desenvolvimiento institucional, para lo cual la Dirección de Talento Humano, será la encargada de realizar los estudios técnicos pertinentes para la reubicación del personal de dichas unidades, realizando los ajustes necesarios a la planificación de talento humano, conforme a la ley.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Obligatoriedad.- Las servidoras y servidores públicos(as) del Tribunal Contencioso Electoral, tienen el deber jurídico de sujetarse a la jerarquía administrativa establecida en la estructura orgánica por procesos, y cumplir las normas, atribuciones, responsabilidades, productos y servicios determinados en el presente estatuto orgánico.
Segunda.- Período de transición.- Las disposiciones del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Tribunal Contencioso Electoral, expedido mediante Resolución del Pleno del Tribunal Contencioso Electoral de 5 de agosto de 2010, publicada en el Registro Oficial, Segundo Suplemento, No. 256 de 12 de agosto de
2010, se aplicarán en la gestión institucional hasta tanto se implemente en forma progresiva la nueva estructura orgánica institucional; luego de lo cual, se considerarán derogadas en forma expresa.
Tercera.- Vigencia.- El presente Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Tribunal Contencioso Electoral, entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial; y, sus normas prevalecerán sobre otras normas institucionales de igual o menor jerarquía.
De su ejecución encárgase a los órganos y servidores(as) públicos(as) del Tribunal Contencioso Electoral.
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