Resolución DAJ-2014272-0201.0210 Actualícese los requisitos fitosanitarios para la importación de semillas de pimiento (Capsicum annuum L.) para la siembra, procedentes de Chile

No. DAJ-2014272-0201.0210
Diego Vizcaíno Cabezas
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA ECUATORIANA DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DEL AGRO - AGROCALIDAD

Resuelve:

Artículo 1.- Actualizar los requisitos fitosanitarios para la importación de semillas de pimiento (Capsicum annuum L.) para la siembra, procedentes de Chile.

Artículo 2.- Los requisitos fitosanitarios para la importación son:

  1. Permiso Fitosanitario de Importación, emitido por el área respectiva de AGROCALIDAD.
  2. Certificado Fitosanitario de Exportación otorgado por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria (ONPF) de Chile que contenga lo siguiente:
    1. Declaración adicional: El envió vine libre de: Pepper mild mottle virus, Tobacco rattle virus, Tobacco ringspoot virus, Tobacco streak virus, mediante análisis de laboratorio N° ....
    2. Desinfección de semillas en el pre embarque con: con Tiram al 50% - FS, en la dosis de 3cc/kg de semilla u otro producto de similar efecto en dosis adecuada para: Fusarium oxysporum f.sp. vasinfectum
    3. Tratamiento de inmersión en agua caliente, a 50 ºC, por 30 minutos o hipoclorito de sodio al 1.05% por 30 minutos para: Xanthomonas vesicatoria.
  3. Las semillas de pimiento, deben estar libre de suelo y cualquier material extraño.
  4. Los embalajes deben estar libres de cualquier material extraño y deben ser nuevos de primer uso.
  5. Inspección en el punto de ingreso en Ecuador, por el personal fitosanitario de la Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del Agro - AGROCALIDAD, para determinar su situación fitosanitaria. En caso de presentarse sospecha de la presencia de plagas se realizará la toma de muestras para el respectivo análisis de laboratorio, cuyo costo será asumido por el importador; si en el análisis de laboratorio se identifican plagas cuarentenarias para Ecuador el producto será rechazado en base a la normativa vigente y se notificará a la ONPF de Chile.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Primera.- Deróguese la Resolución Nº 011 del 26 de febrero del 2009, publicada en el Registro Oficial Nº 118 del 22 de abril de 2009, en la cual se expide los requisitos fitosanitarios establecidos para semillas de pimiento (Capsicum annuum L.) provenientes de Chile.

DISPOSICIÓN GENERAL

La Dirección de Sanidad Vegetal de AGROCALIDAD conjuntamente con la Coordinación de Relaciones Internacionales se encargará de notificar la presente Resolución ante la Organización Mundial de Comercio (OMC).

De la ejecución de la presente Resolución encárguese a la Dirección de Sanidad Vegetal de AGROCALIDAD.

La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.

Jueves 26 de Junio de 2014