Resolución 37-2014 Apruébense y ratifíquense los estudios de impacto ambientales, planes de manejo ambientales y otórguense licencia ambientales al siguiente proyecto:ECUAPASTA S. A., sobre la base del oficio Nro. MAE-CGZ7-DPAL-2014-1959, de fecha 06

Nº 37-2014
Carlos Antonio Espinosa González
COORDINADOR GENERAL
ZONAL-ZONA 7 (LOJA, EL ORO Y ZAMORA CHINCHIPE) DIRECTOR PROVINCIAL DEL AMBIENTE DE LOJA

Resuelve:

Art. 1.- Aprobar Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental del proyecto: “ECUAPASTA S.A., sobre la base del oficio Nro. MAE-CGZ7-DPAL-2014-1959, de fecha 06 de noviembre de 2014, e Informe Técnico No. 957-CGZ7-DPL-UCA-MAE-2014, remitido mediante Memorando MAE-UCA-DPAL-2014-1177, del 06 de noviembre de 2014.

Art. 2.- Otorgar la Licencia Ambiental para el proyecto: “ECUAPASTA S.A”., cuyo proponente es el Gerente General de ECUAPASTA S.A.

Art. 3.- Los documentos habilitantes que se presentaren para reforzar la evaluación ambiental, pasarán a constituir parte integrante del Estudio de Impacto Ambiental Ex Ante y Plan de Manejo Ambiental del proyecto: “ECUAPASTA S.A”., los mismos que deberán cumplirse estrictamente, caso contrario se procederá con la suspensión o revocatoria de la Licencia Ambiental conforme lo establecen los artículos 68 y 69 del Acuerdo Ministerial 074 del 28 de junio de 2013, que reforma el Acuerdo ministerial Nº 68, publicado en el Registro Oficial edición Especial Nº 33 del 31 de julio del 2013; Notifíquese con la presente resolución al representante el señor Ing. Edwin Ripalda Q. en calidad de Gerente General de ECUAPASTA S. A., y, publíquese en el Registro Oficial por ser de interés general. De la aplicación de esta resolución se encarga a la Coordinación General Zonal-Zona 7 (Loja, El Oro y Zamora Chinchipe)-Dirección Provincial del Ambiente de Loja.

Comuníquese y publíquese,

Dado en Loja, a los 29 días del mes de diciembre del 2014 f.) Carlos Antonio Espinosa González, Coordinador General Zonal-Zona 7 (Loja, El Oro y Zamora Chinchipe) Director Provincial del Ambiente Loja.

LICENCIA AMBIENTAL No. 37-2014 MINISTERIO DEL AMBIENTE LICENCIA AMBIENTAL PARA EL PROYECTO:

“ECUAPASTA S.A”.

El Ministerio del Ambiente, en su calidad de Autoridad Ambiental Nacional  y  en cumplimiento de sus responsabilidades establecidas en la Constitución de la República del Ecuador y la Ley de Gestión Ambiental, de precautelar el interés público en lo referente a la preservación del ambiente, la prevención de la contaminación ambiental y la garantía del desarrollo sustentable, confiere la presente Licencia Ambiental a favor de “ECUAPASTA S.A”., en la persona de su representante legal señor Ing. Edwin Ripalda Q. en calidad de Gerente General de ECUAPASTA S. A., para que en sujeción al Estudio de Impacto Ambiental Ex Ante y Plan de Manejo Ambiental del proyecto: “ECUAPASTA S.A., proceda a la ejecución del mismo. En virtud de lo expuesto, el señor Edwin Ripalda Q. en calidad de Gerente General de ECUAPASTA S. A., se obliga a:

1. Cumplir estrictamente/obligatoriamente con lo señalado en el Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental del proyecto: “ECUAPASTA” S.A”.

2. Utilizar en la ejecución del proyecto, procesos y actividades, tecnologías y métodos que atenúen y, en la medida de lo posible, prevengan los impactos negativos al ambiente.

3. Ser enteramente responsable de las actividades que cumplan sus contratistas o subcontratistas.

4. Presentar al Ministerio del Ambiente las auditorías ambientales de cumplimiento al Plan de ManejoAmbiental, de conformidad con lo establecido en los artículos 60 y 61 del Título IV, Capítulo IV, Sección I del Libro VI del Texto Unificado de la Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente.

5. De conformidad con lo que se establece en el Acuerdo  Ministerial Nº 074 del 28 de junio de 2013, que reforma el Acuerdo Ministerial Nº 68, publicado en el Registro Oficial Nº 33 del 31 de julio de 2013, Art. Nº 66, Monitoreo Interno (Automonitoreo, self- monitoring) el Promotor preparará y enviará a la autoridad ambiental competente, los informes y resultados del cumplimiento del plan de manejo ambiental y demás compromisos adquiridos conforme el respectivo estudio ambiental, los mismos que deben tener una periodicidad semestral, y; con especial énfasis en la eficiencia de las medidas de mitigación.

6. Proporcionar al personal técnico del Ministerio del Ambiente, todas las facilidades para llevar a efecto los procesos de monitoreo, control, seguimiento y cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental aprobado, durante la ejecución del proyecto y materia de otorgamiento de esta licencia.

7. Cancelar anualmente, y, sujeto al plazo de duración del proyecto, el pago por servicios ambientales de seguimiento y monitoreo ambiental al cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental aprobado, conforme lo establecido en el Acuerdo Ministerial Nº 067, publicado en el Registro Oficial Nº 37 del 16 de julio de 2013, referente a Pagos  por Servicios Administrativos de Gestión y Calidad Ambiental prestados por el Ministerio del Ambiente.

8. En caso de presentarse un accidente u otra contingencia, notificar inmediatamente a la Dirección Provincial del Ambiente de Loja.

9. Cumplir con la normativa ambiental vigente a nivel nacional y local.

10. El uso de materia prima, deberá contar con los permisos y autorizaciones correspondientes de la Autoridad Competente. El plazo de vigencia de la presente Licencia Ambiental es a partir desde la fecha de inicio de actividades del proyecto hasta el término de sus componentes de vida útil.

El incumplimiento de las disposiciones y obligaciones determinadas en la Licencia Ambiental causará la suspensión revocatoria de la misma, conforme a lo establecido en la legislación que la rige se la concede a costo y riesgo del interesado, dejando a salvo derechos a terceros.

La presente Licencia Ambiental se rige por las disposiciones de la Ley de Gestión Ambiental y normas del Texto Unificado de la Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, y tratándose de acto administrativo, por el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.

Lunes 29 de Diciembre de 2014