No. 21-NG-DINARDAP-2015
Nuria Susana Butiñá Martínez
LA DIRECTORA NACIONAL DE REGISTRO DE DATOS PÚBLICOS
Resuelve
Art. 1.- Objeto.- Créase el programa de capacitación “Escuela de Registradores Mercantiles y de la Propiedad” de la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos, como un programa de formación continua y especializada cuyo desarrollo e implementación corresponde a la Dirección de Normativa de la Coordinación de Normativa y Protección de la información de la DINARDAP.
Art. 2.- Finalidad.- El programa de capacitación “Escuela de Registradores Mercantiles y de la Propiedad”, tiene como finalidad:
a) Difundir e impartir de manera planificada cursos, seminarios, talleres, eventos de índole académico relacionadas con Derecho Registral, Derecho Societario, Derecho Tributario, Derecho Mercantil, Derecho Inmobiliario, Derecho Administrativo, Derecho Civil, y demás ramas del derecho que contribuyan en la instrucción y formación de los Registradores de la Propiedad y Mercantiles del país, así como el personal perteneciente a estos;
b) Desarrollar, promocionar y auspiciar estudios e investigaciones relacionadas con la actividad registral mercantil y de la propiedad a nivel nacional y en cooperación con las instituciones registrales internacionales;
c) Desarrollar programas de capacitación sobre la normativa relacionada con la actividad registral, incluyendo la emitida por la DINARDAP, y;
d) Generar espacios para el desarrollo, intercambio y consolidación de conocimientos y técnicas relacionadas con la materia registral nacional e internacional, a efectos de que fortalezca la eficaz y eficiente prestación de los servicios registrales en los Registros Mercantiles y de la Propiedad del Ecuador.
Art. 3.- Conformación.- La “Escuela de Registradores Mercantiles y de la Propiedad”, es un programa de capacitación liderado por la Directora o Director Nacional de Registro de Datos Públicos, y cuya administración se designa a la Dirección de Normativa de la Coordinación de Normativa y Protección de la Información.
La definición de los contenidos en el programa de capacitación “Escuela de Registradores Mercantiles y de la Propiedad”, corresponde de modo exclusivo a la Directora o Director Nacional de Registro de Datos Públicos, para lo cual la Dirección de Normativa a través de la Coordinación de Normativa y Proyección de la Información, remitirá los informes pertinentes.
Artículo 4.- Las capacitaciones impartidas por la Escuela de Registradores Mercantiles y de la Propiedad, serán consideradas para la calificación correspondiente dentro de los respectivos concursos de méritos para Registradores Mercantiles y de la Propiedad de la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
PRIMERA.- Encargar la ejecución de la presente resolución a la Dirección de Normativa, a través de la Coordinación de Normativa y Proyección de la Información; y, a las Direcciones de Talento Humano, Administrativa y Financiera de la Coordinación de Desarrollo Organizacional de la DINARDAP.
SEGUNDA.- Encargar la difusión de la presente resolución a la Dirección de Comunicación Social y Direcciones Regionales de la DINARDAP.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente norma entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
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