No. 10-044 P-IEPI
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL -IEPI
Resuelve:
Artículo 1.- Calificar y acreditar ante el Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual -IEPI- en calidad de peritos o expertos técnicos a las siguientes personas:
NOMBRE  | 
CÉDULA O RUC  | 
MATERIA  | 
NADERE HADWEH ZEIDAN  | 
1707274245  | 
SIGNOS DISTINTIVOS  | 
INÉS MARÍA MANZANO DÍAZ  | 
0908761950  | 
DERECHO AMBIENTAL  | 
ANTONIO XAVIER VERGARA  | 
0910123892  | 
SONIDO Y ACÚSTICA  | 
LAURA URETA ARRIAGA  | 
1714798681  | 
SISTEMAS INFORMÁTICOS  | 
KLÉVER ANÍBAL SERRANO  | 
1713824397  | 
SISTEMAS INFORMÁTICOS  | 
ADRIÁN AGUIRRE JURADO  | 
0918285990  | 
TRADUCCIONES ING-ESP  | 
ÁNGEL SURIAGA GUERRERO  | 
0903553006  | 
PERITO CONTABLE  | 
CARLOS FREDY MONTAÑEZ  | 
0917108623  | 
PERITO CONTABLE  | 
Artículo 2.- Con esta información la Secretaría General del IEPI deberá alimentar la base de datos respectiva, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento para la calificación y registro de las y los peritos o las expertas y los expertos técnicos ante el Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual -IEPI-, en concordancia con lo señalado en el artículo 3 de su Instructivo de aplicación.
Artículo 3.- Confiéranse a través de la Unidad de Gestión Administrativa Financiera las credenciales correspon- dientes a los peritos y expertos técnicos calificados mediante esta resolución. Para el efecto, las personas detalladas en el artículo 1 de este instrumento, deberán cancelar la cantidad de cincuenta dólares de los Estados Unidos de América (US 50,00), valor establecido en el artículo 1 de la Resolución No. 10-21 P-IEPI de 19 de julio del 2010, para la entrega de la credencial que tendrá vigencia de dos años.
- Inicie sesión o regístrese para comentar
 
