Resolución 0366 Declárase la emergencia del sistema penitenciario a nivel nacional de los centros de rehabilitación social, centros de detención provisional, centros de adolescentes infractores y casas de confianza en todo el país

No. 0366
Dr. José Serrano Salgado
MINISTRO DE JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y CULTOS 

Resuelve:

Artículo 1.- Declarar la emergencia del sistema penitenciario a nivel nacional de los centros de rehabilitación social, centros de detención provisional, centros de adolescentes infractores y casas de confianza en todo el país.

Artículo 2.- Para afrontar la declaratoria de emergencia se contratará de manera directa, y bajo responsabilidad de la máxima autoridad, las obras, bienes o servicios, incluidos los de consultoría, que se requieran de manera estricta para superar la situación de emergencia. Podrá, inclusive, contratar con empresas extranjeras sin exigir los requisitos previos de domiciliación ni de presentación de garantías; los cuales se cumplirán una vez suscrito el respectivo contrato que se requiera para superar la situación de emergencia.

Artículo 3.- El Ministerio por efecto de la fusión decretada a través del Decreto Ejecutivo No. 585 de 16 de diciembre del 2010, en el término de diez días, actualizará la programación de las intervenciones que deben realizarse en los diferentes Centros de Rehabilitación Social (CRS), Centros de Detención Provisional (CDP), Centros de Adolescentes Infractores (CAI); y, casas de confianza, a fin de iniciar los procesos de contratación pública que correspondan y que sean necesarios para superar la situación de emergencia.

Artículo 4.- La programación de las intervenciones a las que se refiere el artículo anterior, será publicada en el portal de COMPRASPUBLICAS, si fuese necesario modificaciones a la referida programación, estas se realizarán a través de resoluciones, las que serán publicadas en el portal de COMPRASPUBLICAS.

Artículo 5.- Se publique la presente resolución en el portal www.compraspúblicas.gov.ec, conforme lo dispuesto en el primer inciso del artículo 57 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública -LOSCNP-; y, artículo 3 de la Resolución No. 045-2010 de 9 de julio del 2010.

Artículo 6.- Concluidos los procesos de contratación, se publicarán en el Portal COMPRASPUBLICAS los contratos tan pronto hayan sido emitidos, otorgados y suscritos, conforme a lo previsto en el artículo 6 de la Resolución No. 045-2010 de 9 de julio del 2010.

Artículo 7.- De la ejecución de la presente resolución encárguese a la ingeniera Paulina de los Ángeles Proaño Romero, de conformidad a la delegación contenida en el Acuerdo Ministerial No. 247 de fecha 17 de diciembre del 2010.

Artículo 8.- Una vez superada la situación de emergencia, el Ministerio elaborará un informe detallado de las contrataciones realizadas y del presupuesto empleado, el mismo que una vez aprobado, se publicará en el portal de COMPRASPUBLICAS; según lo previsto en el último inciso del artículo 57 de la LOSNCP; y, de conformidad al contenido establecido en el artículo 5 de la Resolución No. 045-2010 de 9 de julio del 2010.

Disposición Final.- La presente resolución entrará en vigencia desde la fecha de su suscripción sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Déjase sin efecto, las resoluciones de declaraciones de emergencias No. DE-001-2010-DT de fecha 27 de mayo, No. DE-002-2010-DT de 31 de agosto, No. DE-003-2010-DT de 5 de octubre, No. DE-004-2010-DT de 6 de octubre, No. DE-005-2010- DT de 27 de octubre; y, No. DE-006-2010-DT de 15 de noviembre del 2010, suscritas por el Director Técnico de la UTCCRS, relacionadas con el Sistema Penitenciario a nivel nacional.

Comuníquese y publíquese.

Sábado 8 de Enero de 2011