No. 0246-DIGERCIC-CGAJ-2015
Ing. Jorge Oswaldo Troya Fuertes
DIRECTOR GENERAL DE REGISTRO CIVIL, IDENTIFICACIÓN Y CEDULACIÓN
Resuelve:
EXPEDIR EL CÓDIGO DE ÉTICA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTRO CIVIL, IDENTIFICACIÓN Y CEDULACIÓN
CAPITULO I
OBJETIVO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
Artículo 1.- Objetivo.- Establecer y promover principios, valores, responsabilidades y compromisos éticos que
guíen el comportamiento y conducta de las servidoras y servidores de la DIGERCIC, a fin de alcanzar los objetivos institucionales y contribuir al buen uso de los recursos públicos.
Artículo 2.- Definiciones.-
a) Código.- Es un conjunto de elementos que se combinan siguiendo ciertas reglas y que son interpretables, lo cual permite intercambiar información;
b) Ética.- La ética se relaciona con el estudio de la moral y de la acción humana y cómo se ha de aplicar posteriormente a nivel individual y a nivel social;
c) Moral.- Son las reglas, posicionamientos, normas o consensos por las que se rige y juzga el comportamiento o la conducta de un ser humano en una sociedad;
d) Servidor o funcionario.- Un servidor o funcionario del gobierno es unapersona que participa en la administración pública o de gobierno, ya sea a través de elección, nombramiento o selección; y,
e) Interpersonal.- Es una interacción recíproca entre dos o máspersonas.
Artículo 3.- Ámbito de aplicación.- Las disposiciones contenidas en el presente Código de Ética son de carácter general y de aplicación obligatoria, para el personal que forma parte de la DIGERCIC, sin excepción alguna.
CAPÍTULO II VALORES Y PRINCIPIOS
Artículo 4.- Principios.- Los principios éticos que definen las pautas de conducta de las y los servidores de la DIGERCIC, en el ejercicio de sus funciones son:
a) Transparencia.- Todas y todos los servidores actuarán de forma clara, precisa y veraz, a fin de que la ciudadanía se encuentre en pleno uso de sus derechos y obligaciones;
b) Equidad.- Tanto los usuarios internos como externos, recibirán cada uno de los servicios que ofrece la institución, dentro de un mismo contexto de inclusión sin ningún tipo de discriminación;
c) Calidez.- El servicio proporcionado hacia la ciudadanía se caracterizará por la muestra de amabilidad, cordialidad y cortesía como clara evidencia del respeto a las diferencias y diversidad; y,
d) Justicia.- Todo acto se caracterizará por acciones que beneficien a la ciudadanía de forma proporcional y equitativa.
Artículo 5.- Valores Institucionales.- Son parte de los valores intrínsecos con los que cuentan las y los servidores de la DIGERCIC y que contribuyen al cumplimiento de los objetivos, misión y visión institucional, entre estos resaltamos los siguientes:
a) Honestidad.- Rectitud, disciplina y honradez en el cumplimiento de obligaciones y la prestación de servicios;
b) Trabajo en equipo.- Comunicación asertiva, es decir de forma directa, honesta, fundamentada y adecuada entre todos;
c) Lealtad.- Actuar con fidelidad, compañerismo y respeto a las convicciones constructivas personales y los objetivos institucionales de la DIGERCIC;
d) Solidaridad.- Actuaciones desinteresadas para responder ante las necesidades de los demás, por parte de todas y todos quienes forman parte de la institución;
e) Respeto.- Cada persona deberá ser considerada y tratada como ser único, con intereses y necesidades particulares;
f) Integridad.- Actuar con coherencia y correspondencia entre lo que se piensa, se siente, se dice y se actúa, en cada uno de los espacios que componen el quehacer institucional;
g) Responsabilidad.- Ejecutar las actividades y funciones comprometidas en todas las actividades que se ejecutan a nivel institucional, a fin de cumplir con lo encomendado por parte de cada uno de quienes integran la institución;
h) Apertura al cambio.- Estar conscientes de que para ser los mejores es necesario cambiar e innovar continuamente;
i) Compañerismo.- Las y los servidores de la institución aunarán sus esfuerzos de manera conjunta hacia quienes necesiten de sus servicios, tanto en el orden interno como externo, demostrando el apoyo que permite agrupar esfuerzos, conocimientos y experiencias para alcanzar los objetivos comunes; y,
j) Actitud positiva.- El talento humano de la DIGERCIC, demostrará y fomentará en el desempeño de sus labores optimismo, energía y entusiasmo.
CAPITULO III
DE LAS NORMAS ÉTICAS
SECCIÓN I
DE LOS COMPROMISOS Y RESPONSABILIDADES
Artículo 6.- Compromisos y responsabilidades
Institucionales.- La DIGERCIC se compromete a:
a) Difundir el contenido y la forma de aplicación del
Código de Ética;
b) Promover y demandar espacios de desarrollo laboral y profesional mediante la capacitación, la actualización y la especialización de conocimientos;
c) Generar espacios de capacitación e inducción permanentes en aplicación de la Constitución de
la República, las leyes y sus reglamentos, códigos, estatutos orgánicos, reglamentos internos, misión, visión, metas, objetivos institucionales, políticas internas, procedimientos, mecanismos de transparencia y lucha contra la corrupción;
d) Fortalecer y fomentar la participación a través de espacios de expresión, opinión y decisión, tanto de los servidores públicos como de la ciudadanía en general;
e) Fomentar mecanismos de comunicación interna para propiciar un ambiente de trabajo óptimo, con el objetivo de generar relaciones interpersonales en las que prime el profesionalismo, el respeto, la solidaridad, la confianza, la efectividad y la transparencia;
f) Reconocer y valorar el esfuerzo y el mérito de los servidores públicos en el cumplimiento del presente Código de Ética y el fortalecimiento del trabajo en equipo, generando en la entidad una convivencia armónica en los espacios laborales;
g) Generar y fortalecer espacios de capacitación para el servicio al usuario;
h) Asegurar la entrega de información pública oportuna, completa, veraz, confiable y comprensible para los usuarios, respetando la confidencialidad, la reserva o el sigilo de información que, conforme a la normativa vigente, tengan un grado especial de sensibilidad;
i) Promover el cambio y modernización institucional, porque para ser los mejores es necesario innovar permanentemente; y,
j) Ser responsables con el ambiente y fomentar las buenas prácticas ambientales, cumpliendo con los programas que para el efecto diseñe o implemente el Ministerio del Ambiente.
Artículo 7.- Compromisos y responsabilidades de los servidores de la DIGERCIC.- Todos los servidores/as y trabajadores/as de la DIGERCIC, se comprometen a:
a) Suscribir una carta compromiso, a través de la cual asumen el conocimiento y las formas de aplicación del presente Código, así como del Código de Ética para el Buen Vivir de la Función Ejecutiva, en ejercicio de las atribuciones que confieren los artículos 21, 27 y 27.1 del Acuerdo Interministerial No. 996, expedido el 15 de diciembre de 2011, en donde se estipula la Norma Técnica de Reestructuración de la Gestión Pública Institucional, (modelo R);
b) Generar permanentemente propuestas y cambios basados en la experiencia diaria, con la finalidad de mejorar la práctica ética en su ejercicio profesional y personal;
c) Respetar la diversidad de género, origen étnico, cultura, religión, ideología, nacionalidad, posición social, edad, orientación sexual, estética personal, condición física, mental o psíquica, estado civil, opinión, convicción
política o cualquier otro factor de diferenciación individual, en la prestación de los servicios de la DIGERCIC;
d) Velar por el buen uso de los espacios y bienes de la
DIGERCIC;
e) No aprovecharse de los demás, ni de los bienes, ni recursos ajenos;
f) Actuar con coherencia y sinceridad, de acuerdo con los valores éticos, morales de verdad y justicia;
g) Trabajar en equipo y con una comunicación directa, honesta, fundamentada y adecuada;
h) Escuchar y respetar las ideas de las autoridades y compañeros y, demás personas que emitan su pronunciamiento;
i) Respaldar las acciones positivas de las autoridades y compañeros; y,
j) Respetar las alineaciones de orden Estratégico, Específico y Operativo.
SECCIÓN II
CONDUCTA ESPERADA POR LOS SERVIDORES
Artículo 8.- Conducta.- Las servidoras y los servidores de la DIGERCIC deben observar las siguientes reglas generales tanto en la vida pública como privada:
CONDUCTA PERSONAL:
a) Mantener respeto a la Constitución, a la legislación ecuatoriana y a los derechos de las demás personas;
b) Ama killa, ama llulla, ama shwa. No ser ocioso, no mentir, no robar;
c) Conservar, tanto dentro como fuera de la DIGERCIC un comportamiento que no comprometa la imagen institucional;
d) Mantener una conducta digna y decorosa, actuando con sobriedad y moderación;
e) Emplear en todo momento, en sus relaciones con el público, compañeros y naturaleza, un trato de respeto y consideración;
f) Asistir puntualmente a la jornada y a las reuniones de trabajo;
g) Fomentar el compañerismo y solidaridad;
h) Obrar con calidez y cortesía;
i) Mantener el autocontrol y disciplina;
j) Saber escuchar, mantenerse informado y tener apertura al diálogo, así como a las críticas;
k) Cuidar el orden y limpieza en sus actividades diarias, respetando el hábitat natural;
l) Respetar la confidencialidad y reserva de la información a la que tengamos acceso y su grado de sensibilidad de la misma, conforme la normativa vigente;
m) Utilizar adecuadamente el uniforme y la credencial institucional;
n) Honrar los principios y valores de nuestro Código de
Ética; y,
o) Respetar el uniforme institucional y sus accesorios para tareas explícitamente laborales.
CONDUCTA INTERPERSONAL:
a) Colaborar y participar activamente en la ejecución del
Plan Nacional de Ética Institucional;
b) Mantener la cordialidad en las relaciones interpersonales;
c) Denunciar y combatir los actos de corrupción;
d) Impulsar la mejora continua y apertura al cambio;
e) Trabajar en equipo, buscando el bienestar común;
f) Mantener una adecuada comunicación interpersonal;
g) Orientar la gestión a los resultados, alineados a las metas y objetivos institucionales;
h) Adaptar y adoptar marcos de referencia, estándares internacionales y mejores prácticas en cada ámbito;
i) Optimizar los recursos, cuidar y proteger los bienes de la institución;
j) Cumplir con los compromisos, funciones, roles, y responsabilidades;
k) Apertura al control interno;
l) Dar un tratamiento preventivo a los diferentes tipos de riesgos institucionales;
m) Practicar la solidaridad, ayuda social y apoyo a los proyectos que se orienten al bien común; y,
n) Respetar y valorar las opiniones ajenas, aun cuando se consideren contrarias a las propias.
Artículo 9.- Conducta para el personal directivo.- El personal que ejerce funciones de dirección o supervisión, es decir aquellas personas que tengan a su cargo una o uno o más servidoras o servidores, además de los comportamientos esperados establecidos en el artículo anterior, deberá emplear como mecanismos de conducta los siguientes:
a) Dar ejemplo y practicar en su actuación las conductas éticas descritas en el presente Código;
b) Difundir las diferentes iniciativas para la promoción de la ética;
c) Reconocer el esfuerzo y el trabajo de calidad, generando autoestima y compromiso;
d) Demostrar liderazgo, visión, emprendimiento y puntualidad en sus funciones;
e) Empoderar e involucrar al personal en sus funciones;
f) Impulsar la investigación, innovación y desarrollo;
g) Mostrar imparcialidad y objetividad en sus actuaciones;
h) Procurar un ambiente laboral adecuado;
i) Manejar los conflictos con disuasión y acercamientos personales para solucionar los problemas sin personalizarlos;
j) Promover actividades de concienciación, motivación y autoestima;
k) Transparentar la gestión a través de la rendición de cuentas;
l) Administrar adecuadamente el tiempo;
m) Promover la formación, capacitación y proyección permanente del personal, procurando su desarrollo profesional; y,
n) Respetar el orden jerárquico institucional, establecido en la Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la DIGERCIC.
SECCION III CONDUCTA NO ESPERADA POR LOS SERVIDORES
Artículo 10.- Conducta no esperada.- Las servidoras y los servidores de la DIGERCIC deben evitar los siguientes comportamientos inadecuados, sin perjuicio de que su omisión genere sanciones disciplinarias o de otra índole:
a) Solicitar directa o indirectamente, a otro servidor o subalterno, cumplir con órdenes que atenten contra los derechos y principios consagrados en la Constitución y la ley, los valores éticos y profesionales, o que generen ventajas o beneficios personales;
b) Realizar comentarios inapropiados que atenten contra la dignidad o prestigio de las personas e instituciones, sean estas públicas o privadas;
c) Asistir a sus puestos de trabajo bajo influencia de bebidas alcohólicas o de sustancias estupefacientes o psicotrópicas. Tampoco podrán ingerir o usar estas
sustancias durante la jornada laboral, excepto aquellos que deban ser utilizados por prescripción médica debidamente certificada;
d) Solicitar o aceptar, de cualquier persona, de forma directa o indirecta, regalos, gratificación, favor, auspicio, entretenimiento, préstamo, oportunidad de comprar u obtener descuentos, beneficios o rebajas en bienes dentro del total accionar laboral;
e) Utilizar la autoridad o influencia de su cargo para intervenir ante el personal dela DIGERCIC, a fin de lograr ventajas o beneficios para sí mismo, familiares o para terceros;
f) Discriminar a las personas en razón de su etnia, género, orientación sexual, religión o culto, edad, ideología política, capacidad diferente u otra razón;
g) Realizar dentro de la institución algún tipo de proselitismo, durante la jornada de trabajo, todas las actividades deberán desarrollarse con absoluta imparcialidad de sus creencias políticas, religiosas, deportivas y de cualquier índole que pueda afectar o pretenda distraer a los demás servidores;
h) Comprometer el buen nombre de la institución o el uso de su logotipo en actividades políticas, redes sociales de uso personal, u otros medios de difusión;
i) Ordenar a sus subordinados asistir a eventos de carácter político o usar los bienes y recursos de la DIGERCIC con este fin;
j) Realizar actividades personales ajenas a sus funciones durante el horario de la jornada laboral, sin la debida autorización; y,
k) Acosar a sus inferiores jerárquicos, compañeros de trabajo o usuarios de servicio, u ofrecer favores de este tipo a superiores a cambio de obtener un trato preferencial.
Artículo 11.- Compromiso personal de las servidoras y los servidores.- Las servidoras o los servidores de la DIGERCIC deben asumir la responsabilidad personal de conocer y promover el cumplimiento del fundamento, principios, valores y comportamientos contenidos en este Código, el cual será un referente para el fortalecimiento institucional y la promoción de la integridad de la ética.
Artículo 12.- Compromiso con usuarios y la naturaleza.- Las servidoras y los servidores de la DIGERCIC, asumirán el compromiso de garantizar a los usuarios que:
a) Sus derechos y obligaciones establecidos en la Constitución de la República y en la legislación ecuatoriana, sean plenamente comprendidos y respetados;
b) Exista una aplicación justa, confiable y transparente de la Constitución de la República, las leyes, reglamentos y normativa interna de la DIGERCIC;
c) Los usuarios reciban un trato equitativo y respetuoso;
d) El servicio que se le preste a los usuarios y al personal, sea accesible y confiable, brindado con apego a principios de calidad, calidez, eficiencia, simplicidad, equidad, transparencia y seguridad de la información;
e) Los actos administrativos sean dictados respetando tanto los principios constitucionales de motivación,como los derechos de las personas, demostrando transparencia en las decisiones y comportamientos adoptados, sin restringir información a menos que fuere confidencial, reservada o que una norma o el interés público lo exijan claramente;
f) Se dé trámite a las preguntas, quejas, consultas, denuncias y felicitaciones, de manera precisa y oportuna de acuerdo a procedimientos vigentes de la DIGERCIC;
g) La información de los usuarios que sea utilizada por las servidoras y los servidores de la DIGERCIC, deberá ser exclusivamente para fines institucionales, en el ámbito de sus funciones y competencias; y,
h) Los recursos deberán ser utilizados por las servidoras y los servidores de la DIGERCIC sean en la medida de las necesidades de la institución y en lo posible con el menor impacto ambiental.
CAPITULO IV
DEL COMITÉ DE ÉTICA INSTITUCIONAL
SECCION I FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
Artículo 13.- Finalidad del Comité de Ética.- Vigilar y garantizar el cumplimiento del Código de Ética para el Buen Vivir de la Función Ejecutiva y el Código de Ética Institucional de la DIGERCIC.
El Comité podrá receptar, conocer, investigar y emitir recomendaciones, así como acompañar en las acciones administrativas y operativas correspondientes para que se procure una modificación positiva en el comportamiento y la convivencia institucional.
En caso de actos que ameriten sanciones civiles o penales, el mismo se pondrá en conocimiento de la instancia interna o externa competente; en los dos casos, se observarán los principios de protección y reserva del/la denunciante, el debido proceso y la presunción de inocencia del denunciado o denunciada.
Artículo 14.- Conformación del Comité de Ética.- El Comité de Ética estará conformado por los siguientes miembros:
a) Coordinador/a de Planificación y Gestión Estratégica quien preside el Comité y tiene voto dirimente;
b) Máxima autoridad y/o su delegado/a de los procesos sustantivos; (voz y voto);
c) Dos (2) servidores/as o trabajadores/as principales, dos (2) suplentes escogidos/as al azar por sus
compañeros/as cada seis meses de entre los servidores/ as no pertenecientes a las áreas en las que se suscite la denuncia (voz y voto);
d) Director/a de Administración de Recursos Humanos o quien haga sus veces, actúa como asesor/a del proceso (voz y voto);
e) Coordinador/a Jurídico/a o su delegado/a, actúa como asesor/a del proceso (voz); y,
f) Director/a de Gestión del Cambio de Cultura Organizativa o su delegado/a, actúa como asesor/a del proceso secretario/a (voz).
Además, en caso de requerir en el proceso servidores afines al caso, se incorporará paulatinamente de acuerdo a la necesidad del mismo.
Artículo 15.- Atribuciones Generales del Comité.- El Comité de Ética de la DIGERCIC tendrá las siguientes atribuciones:
a) Reconocer e incentivar comportamientos éticos;
b) Sugerir soluciones a la instancia interna o externa competente de los casos que lleguen a su conocimiento;
c) Velar por la reserva de los casos;
d) De así requerirlo, generar espacios de mediación entre las partes involucradas en casos de incumplimiento al Código de Ética;
e) Proponer asesoría interna o externa para suplir necesidades puntuales en los casos que determine el Comité;
f) Realizar propuestas para la actualización y el mejoramiento permanente del Código de Ética;
g) Realizar propuestas para el mejoramiento continuo de los procedimientos internos del Comité de Ética; y,
Artículo 16.- De la Presidencia del Comité.- El Presidente/a del Comité de Ética, tendrá las siguientes responsabilidades:
a) Conformar el primer Comité de Ética y definir los procedimientos de aplicación del Código;
b) Liderar la organización y el funcionamiento del Comité de Ética;
c) Convocar al Comité de Ética de la Institución y definir el conjunto de procedimientos de aplicación del Código de Ética;
d) Recopilar anualmente observaciones al Código de Ética y hacer propuestas para su actualización y mejoramiento;
e) Recopilar semestralmente observaciones de los procedimientos internos del Comité para su mejoramiento;
f) Promover la construcción de una guía que ejemplifique conductas adecuadas e inadecuadas, relacionadas al comportamiento ético, a través de la Dirección de Gestión del Cambio de Cultura Organizativa; y,
g) Tomar en cuenta las sugerencias de los informes finales que realice el Comité de Ética para cada caso.
Artículo 17.- De la asesoría del Comité de Ética.- El/ la Director/a de Administración de Recursos Humanos su delegado/a y/o el Coordinador/a Jurídico/a o su delegado/a, serán responsables de brindar asesoría en ámbitos relacionados a la Gestión del Cambio de Cultura Organizativa, como clima laboral y cultura organizacional.
Artículo 18.- De la Secretaría del Comité.- El/laDirector/a de Gestión del Cambio de Cultura Organizativa o su delegado/a, actuará como Secretario/a del Comité y tendrá las siguientes responsabilidades:
a) Receptar la documentación del Comité y suscribir la recepción de correspondencia;
b) Elaborar las convocatorias;
c) Elaborar las actas de sesión;
d) Llevar el registro y archivo de actas;
e) Poner las actas en conocimiento del Comité y receptar sus firmas;
f) Preparar comunicaciones y oficios sobre los asuntos resueltos por el Comité;
g) Certificar documentos celebrados por el Comité; y, h) Las demás que disponga el Comité.
Artículo 19.- De las/losdemás servidoras/es públicos que integran el Comité de Ética.- Tendrán las siguientes responsabilidades:
a) Conocer, aportar criterios y recomendaciones o sugerencias en los casos que se presenten;
b) Velar por el cumplimiento del Código de Ética para el Buen Vivir de la Función Ejecutiva y el Código de Ética Institucional; y,
c) Proponer mejoras a procesos internos que fortalezcan el adecuado cumplimiento del Código de Ética.
Artículo 20.- De las convocatorias.- El Comité de Ética se reunirá cada mes de forma ordinaria y en cualquier momento a petición motivada de uno o más de sus miembros de manera extraordinaria, previa convocatoria realizada por el/la Presidente/a del Comité, con 24 horas de anticipación.
SECCIÓN II PROCEDIMIENTO DE DENUNCIAS
Artículo 21.- La servidora o el servidor de la DIGERCIC
que tuviere información comprobada o indicios respecto a
un comportamiento de otro servidor que incumpliere las disposiciones del Código de Ética tiene la obligación de informar conforme los medios que pone a disposición la institución.
Artículo 22.- De los Procedimientos.- El Comité de Ética establece lo siguiente como procedimiento interno:
a) Receptar denuncias por parte de los servidores que hubiesen evidenciado faltas al Código de Ética. Las denuncias se receptarán a través de correo electrónico: somos.eticos@registrocivil.gob.ec
b) Notificar a los servidores responsables del área afín al caso, cuya presencia será obligatoria ante el Comité de Ética;
c) Generar reuniones ordinarias/extraordinarias con el
Comité de Ética;
d) Proponer recomendaciones y resoluciones de los casos receptados;
e) Tomar decisiones para la resolución de casos de incumplimiento del Código de Ética;
f) Elaborar informes sobre los casos presentados de acuerdo al dictamen del Comité de Ética;
g) Los demás procedimientos que considere necesarios para la correcta aplicación del Código de Ética institucional y del Código de Ética para el Buen Vivir de la Función Ejecutiva; y,
h) Implementar acciones de mejora en el Comité de Ética
Institucional.
DISPOSICIÓN ESPECIAL
La presente Resolución deroga a la Resolución No.
0124-DIGERCIC-CGAJ-2015 de fecha 14 de julio del
2015, publicada en el Registro Oficial No. 559 de fecha 5 de agosto de 2015; y a la Resolución No. 0220-DIGERCIC- CGAJ-2015 de fecha 29 de septiembre de 2015.
DISPOSICIONES GENERALES PRIMERA: En caso de surgir o existir cualquier duda en la
aplicación o ejecución del presente Código de Ética, éstas
serán conocidas y resueltas por la Dirección de Gestión del Cambio de Cultura Organizativa de conformidad con el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la DIGERCIC.
SEGUNDA: De la ejecución del presente Código Sustitutivo, encárguese a la Dirección de Gestión del Cambio de Cultura Organizativa de la DIGERCIC.
TERCERA: En el término de quince días contados a partir de la publicación del presente Código de Ética, la Dirección de Gestión del Cambio de Cultura Organizativa de la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, difundirá entre las servidoras y servidores de
la Institución un ejemplar del Código de Ética, debiendo registrarse en actas el cumplimiento de esta disposición.
CUARTA: El presente Código de Ética entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
QUINTA: Para efectos de la vigencia del presente instrumento, por su naturaleza de carácter excepcional se estará a lo dispuesto en el Art. 82 del Estatuto de Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva.
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