Resolución 0152-15 Declárese terminado unilateralmente el contrato Nro. 0063, suscrito el 21 de noviembre de 2014, entre el MIDUVI y el Arq. Nicolay Nasser Borja Cruz

No. 0152-15
Arq. María de los Ángeles Duarte Pesantes 
MINISTRA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA

 

Resuelve:

Artículo 1.- Declarar Terminado Unilateralmente el Contrato Nro. 0063, suscrito el 21 de noviembre de 2014, entre el MIDUVI y el Arq. Nicolay Nasser Borja Cruz, cuyo objeto es Desarrollar “PLAN MASA, EL ANTEPROYECTO Y LOS ESTUDIOS TÉCNICOS DEFINITIVOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CORREDOR DE PROTECCIÓN AL BORDE DEL CANAL INTERNACIONAL DE ZARUMILLA, QUE INCLUYE UN PARQUE LINEAL Y LA REPOTENCIALIZACION DEL MERCADO ZARUMILLA EN PLAYITA SUR EN EL MARCO DE REGENERACIÓN URBANO INTEGRAL DE LA CIUDAD BINACIONAL EN EL SECTOR DE HUAQUILLAS- AGUAS VERDES, PROVINCIA DE EL ORO, EN UN ÁREA APROXIMADA DE INTERVENCIÓN DE 85.000M2”; por el valor de 173.000,00 (CIENTO SETENTA Y TRES MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) más IVA; y, Contrato Complementario No. 0073 del 3 de diciembre de 2014, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos: Art. 92 numeral 4, Art. 94 numerales 1 y 3; y, 95 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.

Artículo 2.- Disponer a la Dirección Provincial MIDUVI El Oro, que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 95 de la LOSNCP y Art. 127 del ERJAFE, proceda a notificar y/o entregar al Arq. Nicolay Nasser Borja Cruz, con RUC. 0701477184001, la presente Resolución.

Artículo 3.- Requerir al Arq. Nicolay Nasser Borja Cruz, que dentro del término de 10 días contados a partir de la fecha de notificación y/o entrega de la presente Resolución

Artículo 9.- De la ejecución de la presente Resolución, encárguese a la Subsecretaría de Hábitat y Asentamientos Humanos, Coordinación General Jurídica y Dirección de Gestión Financiera.

La presente resolución entrará en vigencia desde su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Dado y firmado en la ciudad de Quito, Distrito de Terminación Unilateral, pague al MIDUVI el valor de USD. 13.321,00 que corresponde al valor de la multa por 77 días de retraso en la culminación de la obra, de conformidad al Informe Técnico emitido por la Arq. María Cristina Gomézjurado, Administradora del Contrato, enviado con Memorando No. MIDUVI-DHAH-MCGJ-2015-000146-M de 27 de julio de 2015.

Artículo 4.- Disponer que en caso de que el Arq. Nicolay Nasser Borja Cruz, no pagare al MIDUVI el valor requerido, dentro del término indicado en el artículo anterior, generará los intereses que por Ley corresponda; la Dirección de Gestión Financiera en forma individual o conjunta pedirá por escrito a la Aseguradora que dentro del término de 48 horas contadas a partir del requerimiento, ejecute la garantía de fiel cumplimiento del contrato otorgada a favor de ésta Cartera de Estado; y pague al MIDUVI los valores liquidados, los mismos que de ser el caso incluirán los intereses fijados por el Directorio del Banco Central del Ecuador.

Artículo 5.- Disponer a la Dirección de Gestión Financiera, se encargue del trámite de ejecución de garantías en el caso de requerirlo.

Artículo 6.- Disponer a la Coordinación General Jurídica, que demande al Consultor la indemnización de daños y perjuicios a que haya lugar.

Artículo 7.- Disponer a la Coordinación General Jurídica publique la presente Resolución en www.compraspublicas. gob.ec o portal institucional del SERCOP y una copia de la misma se entregue a la Compañía Aseguradora “SWEADEN, Cía. De Seguros y Reaseguros S.A.

Artículo 8.- Disponer a la Coordinación General Jurídica, se remita al Servicio Nacional de Contratación Pública- SERCOP, la presente Resolución y demás documentos requeridos para el trámite legal de inclusión del Coordinación General Jurídica Arq. Nicolay Nasser Borja, en el Registro de Contratistas Incumplidos con el Estado Ecuatoriano.

Martes 4 de Agosto de 2015