GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTÓN MORONA
Expide:
LA ORDENANZA PARA LA FIJACION DE VALORES A RECAUDAR POR CONCEPTO DE USO DEL SUELO PARA LOS PUESTOS EN LA FERIA COMERCIAL DE LA CIUDAD DE MACAS
Art. 1. El Gobierno Municipal del cantón Morona destina como bien inmueble para la utilización de la feria comercial, el lote de propiedad municipal que se encuentra ubicado en la Ave. Luis Felipe Jaramillo y Benjamín Delgado, Barrio Universitario.
Art. 2. Las personas naturales o jurídicas que desearen ocupar puestos para la feria comercial en el lugar destinado para la feria comercial así como otros espacios de la ciudad obtendrán la autorización del Gobierno Municipal cumpliendo con los requisitos y pago de tasas establecidas en la presente ordenanza.
Art. 3. Las personas naturales o jurídicas deberán solicitar el puesto en la unidad de Administración de Mercados, perteneciente a la Dirección de Gestión Ambiental y Servicios Públicos del Gobierno Municipal del cantón Morona adjuntando los siguientes requisitos:
a) Copia de la cedula de ciudadanía y certificado de votación (en caso de extranjeros el documento correspondiente).
b) Copia del RUC.
c). Permiso de funcionamiento de Cuerpo de bomberos.
Art. 4. El cálculo para establecer el cobro por arrendamiento de ocupación de la vía publica por utilización del suelo para los puestos en la feria comercial Macas, se determinará en función del salario básico unificado vigente de cada año,conforme a la siguiente tabla:
Ejemplo de Calculo: 354*19.77/100= 69.99 USD.
DETALLE |
VALOR USD |
PORCENTAJE % S.B.U. |
Arrendamiento de puestos de dimensión 4x2 |
$ 70.00 |
19.77 |
Vendedores ambulantes y ocasionales por temporada |
$ 35.00 |
9.89 |
Tren rodante (gusanito) |
$ 450.00 por cada uno |
127,12 |
Espacios donde se ubique el parque de diversiones de la feria en terrenos particulares |
$ 500.00 |
141.24 |
Juegos inflables, se designaran espacios en coordinación |
$ 80.00 |
22.60 |
Juegos electrónicos |
$ 150.00 |
42.37 |
Venta de vehículos |
$ 35.00 |
9.89 |
Por utilización de energía eléctrica |
$ 30.00 |
8.47 |
Vendedores que usan vehículos para la venta bajo el sistema de baratillo (camión pequeño) |
$ 300.00 |
84.75 |
Vendedores que usan vehículos para la venta bajo el sistema baratillo (camión grande) |
$ 450.00 |
127.12 |
Vendedores que usan vehículos para la venta bajo el sistema baratillo (camioneta) |
$ 150.00 |
42.37 |
Comerciantes que se les ubique con tendidos los días 28 y 29 de Mayo |
$ 50.00 |
14.12 |
Art. 5. El derecho que le asiste al usuario por el pago de la tasa por utilización de los puestos en la feria comercial de Macas, caducará el 02 de Junio del año vigente.
Art. 6. El Administrador de mercados verificará el cumplimiento de los requisitos y el solicitante realizará el pago en Tesorería del Gobierno Municipal del cantón Morona.
Art. 7. El Gobierno Municipal a través del Administrador de mercados y el comisario señalarán los lugares, formas y otras condiciones generales para la utilización de los espacios públicos.
DISPOSICIÓN GENERAL
PRIMERA: Los valores establecidos en la tabla señalada en el Art. 4 podrán ser modificados cuando el lote de propiedad Municipal que se encuentra designado para el desarrollo para la feria comercial de Macas, ubicada en la Av. Luis
Felipe Jaramillo y Benjamín Delgado, barrio Universitario sea destinado para otra actividad de interés comunitario o por factores económicos de interés Municipal.
La presente ordenanza municipal se publicará en la Gaceta Oficial y dominio web de la institución y en el Registro Oficial.
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