Que, de conformidad con lo  dispuesto  en  el Artículo 52 de la Constitución de la República del Ecuador, “Las personas tienen derecho a disponer de bienes y servicios  de óptima calidad y a elegirlos con libertad, así como a una información precisa y no engañosa sobre su contenido y características”;
 
Que, la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad establece: el Sistema Ecuatoriano de la Calidad, tiene  como  objetivo  establecer  el  marco  jurídico  destinado   a: “i) Regular los principios, políticas y entidades relacionados con las actividades vinculadas con la evaluación de la conformidad, que facilite el cumplimiento
de los compromisos internacionales en esta materia; ii) Garantizar el cumplimiento de los derechos ciudadanos relacionados con la seguridad, la protección de la vida      y la salud humana, animal y vegetal, la preservación del medio ambiente, la protección del consumidor contra prácticas engañosas y la corrección y sanción de estas prácticas; y, iii) Promover e incentivar la cultura de la calidad y el mejoramiento de la competitividad en la sociedad ecuatoriana”;
 
Que, el Artículo 2 del Decreto Ejecutivo No. 338, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 263 del 9 de Junio de 2014 establece: “Sustitúyanse las denominaciones del Instituto Ecuatoriano de Normalización por Servicio Ecuatoriano de Normalización. (…)”;
 
Que, de conformidad con el Artículo 3 del Acuerdo Ministerial No. 11256 del 15 de julio de 2011, publicado  en el Registro Oficial No. 499 del 26 de julio de 2011, el tratamiento para las normas y documentos que no son de autoría del INEN están sujetos a un costo establecido por  el Organismo de Normalización Internacional;
 
Que, la Organización Internacional de Normalización,  ISO, en el año 1972, publicó la Primera edición de la Norma Internacional ISO 2549:1972 HAND-KNOTTED CARPETS - DETERMINATION OF TUFT LEG LENGTH ABOVE THE WOVEN GROUND;
 
Que, la ISO, en el año 1990, publicó el Corrigendo 1 de la Norma Internacional ISO 2549:1972 HAND-KNOTTED CARPETS - DETERMINATION OF TUFT LEG LENGTH ABOVE THE WOVEN GROUND;
 
Que, el Servicio Ecuatoriano de Normalización, INEN, entidad competente en materia de Reglamentación, Normalización y Metrología, ha adoptado la Norma Internacional  ISO  2549:1972   como   la   Primera edición de la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN- ISO 2549 ALFOMBRAS ANUDADAS A MANO
- DETERMINACIÓN DE LA LONGITUD DE LA RAMA DEL PENACHO SOBRE EL TEJIDO PLANO CUBREPISO (ISO 2549:1972 + Cor. 1:1990, IDT);
 
Que, su elaboración ha seguido el trámite regular de conformidad al Instructivo Interno del INEN para la elaboración y aprobación de documentos normativos del INEN mediante el estudio y participación en Comités Nacionales Espejo establecido en la Resolución No. 2017- 003 de fecha 25 de enero de 2017;
 
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 559 del 14 de noviembre de 2018, publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 387 del 13 de diciembre de 2018, en su artículo 1 se decreta “Fusiónese por absorción al Ministerio de Comercio Exterior e Inversiones las siguientes instituciones: el Ministerio de Industrias y Productividad, el Instituto de Promoción de Exportaciones e Inversiones Extranjeras, y el Ministerio de Acuacultura y Pesca”; y   en su artículo 2 dispone “Una vez concluido el proceso    de fusión por absorción, modifíquese la denominación
 
del Ministerio de Comercio Exterior e Inversiones a Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca”;
 
Que, en la normativa Ibídem en su artículo 3 dispone “Una vez concluido el proceso de fusión por absorción, todas las competencias, atribuciones,  funciones,  representaciones, y delegaciones constantes en leyes, decretos, reglamentos, y demás normativa vigente, que le correspondían al Ministerio de Industrias y Productividad, al Instituto de Promoción de Exportaciones, e Inversiones Extranjeras,   y el Ministerio de Acuacultura y Pesca, serán asumidas  por el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca”;
 
Que, mediante Informe Técnico  realizado  por  la Dirección de Gestión Estratégica de la Calidad, de la Subsecretaría de Calidad; contenido en la Matriz de Revisión No. CYC-0037 de fecha 19 de octubre de 2019, se procedió a la aprobación técnica, y se recomendó continuar con los trámites de oficialización de la Primera edición de la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN- ISO 2549 ALFOMBRAS ANUDADAS A MANO
- DETERMINACIÓN DE LA LONGITUD DE LA RAMA DEL PENACHO SOBRE EL TEJIDO PLANO CUBREPISO (ISO 2549:1972 + Cor. 1:1990, IDT);
 
Que, de  conformidad  con  el  último  inciso  del  Artículo 8 de la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad, el Ministerio de Industrias y Productividad es la institución rectora del Sistema Ecuatoriano de la Calidad; de igual manera lo señala el literal f) del Artículo 17 de la Ley Ibídem en donde establece: “En relación con el INEN, corresponde al Ministerio de Industrias y Productividad; aprobar las propuestas de normas o reglamentos técnicos  y procedimientos de  evaluación  de  la  conformidad,  en  el ámbito de su competencia (…)”, en consecuencia es competente para aprobar y oficializar con el carácter de VOLUNTARIA la Primera edición de la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN-ISO 2549 ALFOMBRAS ANUDADAS A MANO - DETERMINACIÓN DE LA LONGITUD DE LA RAMA DEL PENACHO SOBRE EL TEJIDO PLANO CUBREPISO (ISO 2549:1972 +
Cor. 1:1990, IDT), mediante su publicación en el Registro Oficial, a fin de que exista un justo equilibrio de intereses entre proveedores y consumidores;
 
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 11446 del 25 de noviembre de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 599 del 19 de diciembre de 2011, la Ministra de Industrias y Productividad delega a la Subsecretaria de la Calidad la facultad de aprobar y oficializar las propuestas de normas  o reglamentos técnicos y procedimientos de evaluación de la conformidad propuestos por el INEN en el ámbito de    su competencia de conformidad con lo previsto en la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad y en su reglamento general; y,
 
En ejercicio de las facultades que le concede la Ley.