Resolución 0312 Refórmese la Resolución 0122 de 10 de junio de 2015.

MINISTERIO DE AGRICUlTURA, GANADERíA, ACUACUlTURA y PESCA

No. 0312

El DIRECTOR EJECUTIVO DE lA AGENCIA ECUATORIANA DE ASEGURAMIENTO DE lA CAlIDAD DEl AGRO-AGROCAlIDAD

Resuelve:

Artículo 1.- Reformar el Artículo 1.- de la Resolución

0122 de 10 de junio de 2015, que a partir de la vigencia de la presente Resolución dirá lo siguiente:

“Artículo 1.- Establecer la exoneración del pago de los servicios que brinda AGROCALIDAD (relacionados con Sanidad Animal, Sanidad Vegetal e Inocuidad de los Alimentos, Registros de Insumos Agropecuarios y Servicios de Laboratorios, ), a las Instituciones o empresas públicas cuando su requerimiento sea parte de un programa o proyecto emergente, de interés nacional, emblemático, de investigación y de estudios que beneficien a la productividad y apoyo al sector agropecuario o público. Para efecto de esta exoneración se necesita el informe técnico en el cual verifique que la solicitud se encuentra enmarcada dentro de los elementos enunciados”.

Artículo 2.- Conforme lo dispuesto en la Ley del Artesano como en la Ley de defensa del Artesano, se exonera del 50

% del pago de los servicios que brinda AGROCALIDAD a las personas naturales o jurídicas legalmente inscritas como artesanos, para tal efecto, bastará con presentar la documentación que le acredite dicha calidad.

 

Artículo 3.- Salvo lo considerado en el Artículo 1. De la presente Resolución, quedan vigentes en todas sus partes los artículos contemplados en la Resolución 0122, de 10 de junio de 2015.

DISPOSICIONES FINAlES

Primera.- De la ejecución de la presente Resolución encárguese a la Dirección Administrativa, Financiera en cooperación con las Coordinaciones Generales de Sanidad Animal, Sanidad Vegetal, Inocuidad de los Alimentos, Registros de Insumos Agropecuarios y Laboratorios.

Segunda.- La presente Resolución entrará en vigencia a

partir de su publicación en el Registro Oficial. 

Lunes 16 de Noviembre de 2015