Acuerdo 061 Establézcase de manera obligatoria la vacunación estratégica contra la fiebre aftosa, durante la interface de los períodos de vacunación sistemática semestral a todos los bovinos que ingresen a todas las ferias de comercialización

No. 061
EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, ACUACULTURA Y PESCA

Acuerda:

Artículo 1.- Establecer de manera obligatoria la vacunación estratégica contra fiebre aftosa durante la interfase de los períodos de vacunación sistemática semestral a todos los bovinos que ingresen a todas las ferias de comercialización de ganado que se realicen en el país.

Artículo 2.- Disponer a las coordinaciones provinciales de AGROCALIDAD, en cuyas jurisdicciones se realicen ferias de comercialización de ganado bovino, ejecuten el proceso de vacunación estratégica e identifiquen obligatoriamente a los animales que ingresen a las ferias de comercialización de ganado, de ser necesario, con el apoyo de la fuerza pública.

Artículo 3.- AGROCALIDAD elaborará la normativa técnica pertinente para la aplicación del presente acuerdo.

Artículo 4.- Del cumplimiento del presente acuerdo ministerial encárguese a la Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del Agro - AGROCALIDAD

.Artículo 5.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su promulgación en el Registro Oficial.

Comuníquese y publíquese.

Martes 8 de Febrero de 2011