Nro. YACHAY EP-GG-2015-0030
Msc. Héctor Rodríguez
GERENTE GENERAL EMPRESA PÚBLICA “YACHAY E.P.”
Resuelve
Art. 1.- Autorizar a la Cooperación Técnica Belga (CTB) y al Programa Salud, Agua Potable y Saneamiento (PSAS), la impresión a título gratuito, de manera no exclusiva, intransferible y limitada de 6.000 (seis mil) ejemplares de la obra “VADEMÉCUM FARMACOTERAPEUTICO DEL ECUADOR 2015”, para distribución gratuita a los profesionales médicos que laboran en el Ministerio de Salud Pública, con la finalidad de difundir el conocimiento y apoyar la mejor toma de sus decisiones terapéuticas.
Art. 2.- Los fondos para cubrir los gastos para la reproducción, distribución y comunicación de los 6000 (seis mil) ejemplares de la obra “VADEMÉCUM FARMACOTERAPEUTICO DEL ECUADOR 2015” serán cubiertos por la Cooperación Técnica Belga y el programa Salud, Agua Potable y Saneamiento (PSAS).
Art. 3.- Los términos y condiciones para la reproducción, distribución y comunicación a observarse en la reproducción, distribución y comunicación que se autoriza de la obra “VADEMÉCUM FARMACOTERAPEUTICO DEL ECUADOR 2015” serán las siguientes:
a) La impresión deberá realizarse en un plazo de 6 (seis) meses a partir de la fecha de la presente Resolución; Su distribución y comunicación se efectuará dentro del primer año siguiente de la autorización;
b) En caso de no haberse alcanzado a cumplir la impresión de los 6.000 (seis mil) ejemplares de la obra “VADEMÉCUM FARMACOTERAPEUTICO DEL ECUADOR 2015”, en el plazo indicado en el literal a), la Cooperación Técnica Belga (CTB) y el Programa Salud, Agua Potable y Saneamiento (PSAS) justificará tal situación y solicitará una nueva autorización para la impresión del resto de ejemplares;
c) Los 6000 (seis mil) ejemplares se publicarán en idioma castellano. La Cooperación Técnica Belga (CTB) y el Programa Salud, Agua Potable y Saneamiento (PSAS) no está autorizada a traducir a otro idioma o adaptar la obra “VADEMÉCUM FARMACOTERAPEUTICO DEL ECUADOR 2015” a otras aplicaciones o modalidades literarias;
d) Previo a la reproducción de la obra, la Cooperación Técnica Belga (CTB) y el Programa Salud, Agua Potable y Saneamiento (PSAS) comunicará a la Empresa Pública “YACHAY E.P. la aceptación del cumplimiento de todas las obligaciones y condiciones establecidas en la presente Resolución. De no hacerlo, la presente autorización quedará sin efecto;
e) La Cooperación Técnica Belga (CTB) y el Programa Salud, Agua Potable y Saneamiento (PSAS) se compromete a que la obra “VADEMÉCUM FARMACOTERAPEUTICO DEL ECUADOR 2015” se mantenga inalterada, no sea objeto de deformaciones o adaptaciones de ninguna naturaleza;
f) La autorización no generará ninguna obligación para la Empresa Pública YACHAY E.P. frente a posibles daños o perjuicios originados por la reproducción, comunicación o distribución de la edición impresa de la obra “VADEMÉCUM FARMACOTERAPEUTICO DEL ECUADOR 2015” asumiendo dicha responsabilidad la Cooperación Técnica Belga y el Programa Salud, Agua Potable y Saneamiento (PSAS) por cuanto la autorización de la impresión de la obra citada se autoriza para distribución gratuita para los profesionales médicos del Ministerio de Salud;
g) La Empresa Pública YACHAY E.P. no recibirá compensación económica por la reproducción, distribución y comunicación de la obra, tampoco autoriza a la Cooperación Técnica Belga y el Programa Salud, Agua Potable y Saneamiento (PSAS), la comercialización directa o indirecta de la obra;
h) Los signos distintivos de la Empresa Pública YACHAY E.P. permanecerán inalterables, conforme el diseño que proporcione la Empresa Pública a la Cooperación Técnica Belga y el programa Salud, Agua Potable y Saneamiento (PSAS);
i) La Empresa Pública YACHAY E.P. se reserva el derecho de verificar los libros de registro de la imprenta designada para la reproducción; y,
j) De no observarse los términos y condiciones establecidas en la presente Resolución para la reproducción, distribución y comunicación de la obra “VADEMÉCUM FARMACOTERAPEUTICO DEL ECUADOR 2015” y se generare afectación de derechos de propiedad intelectual en contra de YACHAY E.P., se dispondrá el inicio de las acciones legales a que hubieren lugar, de conformidad con lo establecido en el Libro IV de la Ley de Propiedad Intelectual y demás normas vigentes de la materia.
DISPOSICIONES GENERALES PRIMERA: De la vigilancia del cumplimiento de la
presente Resolución encárguese a la Gerencia de Educación
Ciencia y Tecnología y de su publicación en el Registro Oficial a la Gerencia Jurídica.
SEGUNDA: Esta Resolución entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
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