No. 01-CB-IECE-2015
EL COMITÉ DE BECAS Y AYUDAS ECONÓMICAS DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE CRÉDITO EDUCATIVO Y BECAS, IECE
Resuelve:
Artículo 1.- Aprobar las reformas a las BASES DEL PROGRAMA DE BECAS NACIONALES
- SUBPROGRAMA NACIONAL TERCER NIVEL - INICIO DE ESTUDIOS A TRAVÉS DEL SNNA, COMPONENTES DE BECA: BDH, GAR, CARRERAS DE INTERÉS PÚBLICO, PUEBLOS Y NACIONALIDADES, MOVILIDAD TERRITORIAL, Y POLÍTICA DE CUOTAS, de la siguiente manera:
PRIMERO: Sustitúyase el contenido del cuadro del Anexo 1.1, REQUISITOS Y DOCUMENTOS GENERALES MÍNIMOS EXIGIBLES, Cuadro No. 1: Requisitos y Documentos generales mínimos para postular al subprograma de becas para estudios de nivel técnico, tecnológico superior y tercer nivel, por el que sigue:
SUBPROGRAMA DE ESTUDIOS DE NIVEL TÉCNICO, TECNOLÓGICO SUPERIOR Y TERCER NIVEL |
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Nro. |
Requisitos Generales |
Documentos de respaldo a ser adjuntados a la solicitud |
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1 |
Ser ciudadano/a ecuatoriano/a o extranjero/a (residente permanente en el Ecuador o portador/a del carné de refugiado/a permanente). |
Datos validados a través del sistema de la DINARDAP (Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos). |
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2 |
No mantener obligaciones vencidas o glosas con instituciones del sector público, tanto como deudor y/o garante. |
La declaración será automatizada dentro de la plataforma del sistema PUSAK y constituirá una declaración de aceptación de términos que todo postulante deba completar. |
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3 |
No ser contratista incumplido o adjudicatario fallido del Estado. |
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5 |
No percibir beca por el mismo fin y de los mismos conceptos |
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6 |
Contar con un cupo en una IES pública o particular a través del SNNA. |
a) Certificado de haber obtenido un cupo en una IES pública o particular del país a través del SNNA. |
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b) Certificado conferido por la IES, y suscrito por la autoridad competente, donde se señale: duración de los estudios, fecha de inicio y finalización de cada ciclo de estudios, título a obtener, duración de la carrera y sistema de calificación. |
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7 |
Planilla de servicio básico del último mes. De manera excepcional para los/as adjudicatarios/as que justifiquen que no pueden presentar el documento, el analista de becas encargado deberá confirmar los datos de residencia con una visita física |
Fotocopia de la planilla de servicio básico del último mes. |
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8 |
Foto carné actualizada. |
Foto tamaño carnet (física/digital). |
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9 |
De ser el caso Poder General o Especial/Tutoría Legal |
Copia del documento notarizado. |
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Cuando el adjudicatario es menor de edad los representantes legales son automáticamente sus padres, en este caso no requieren de un poder general o especial. |
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En ausencia de los padres se deberá contar con el documento que acredite ser el apoderado o curador. |
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Para quienes se encuentran cursando sus estudios: |
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1 |
Acreditar un promedio acumulado mínimo de 8.0/10 y no haber reprobado ninguna materia o crédito durante sus estudios. |
a) Record académico expedido por la IES y suscrito por la autoridad competente, donde acredite un promedio acumulado mínimo de 8.0/10 o su equivalente. |
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SEGUNDO: Sustitúyase el contenido del cuadro del Anexo 1.4, REQUISITOS Y DOCUMENTOS MÍNIMOS EXIGIBLES PREVIO LA FIRMA DE CONTRATO DE FINANCIAMIENTO, por el que sigue:
SUBPROGRAMA DE ESTUDIOS DE NIVEL TÉCNICO, TECNOLÓGICO SUPERIOR Y TERCER NIVEL |
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Nro. |
Requisitos Generales |
Documentos de respaldo a ser adjuntados a la solicitud |
1 |
Certificado bancario con el número y tipo de cuenta personal en el Ecuador (o del apoderado de ser el caso). |
Documento certificado por la Institución Financiera donde mantenga la cuenta bancaria, donde se señale que la cuenta esta activa (la cuenta debe ser de adjudicatario de la beca o de su representante de ser el caso). No se permiten cuentas conjuntas. |
2 |
No mantener obligaciones vencidas con el IECE |
Certificado de no adeudar al IECE, mismo que se encuentra cargado en la página web institucional, en la sección programas/servicios. |
Artículo 2.-El contenido de las BASES DEL PROGRAMA DE BECAS NACIONALES - SUBPROGRAMA NACIONAL TERCER NIVEL - INICIO DE ESTUDIOS A TRAVÉS DEL SNNA, COMPONENTES DE BECA: BDH, GAR, CARRERAS DE INTERÉS PÚBLICO, PUEBLOS Y NACIONALIDADES, MOVILIDAD TERRITORIAL, Y POLÍTICA DE CUOTAS,queda vigente y con pleno valor jurídico en todo lo no expresamente modificado por la presente resolución.
Artículo 3.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de su aprobación, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
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