Acuerdo 184 Dispónese que el MAGAP transfiera a favor del Ministerio del Interior, el dominio del lote de terreno s/n, ubicado en la ciudad de Gualaquiza, provincia de Morona Santiago

No. 184

Javier Ponce Cevallos

MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, ACUACULTURA Y PESCA

Y

José Serrano Salgado

MINISTRO DEL INTERIOR 

Acuerdan:

Artículo 1.- El Ministerio Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, transfiere a título gratuito y a perpetuidad a favor del Ministerio del Interior, el dominio del lote de terreno s/n, ubicado en la ciudad de Gualaquiza, en la urbanización sin nombre, de la manzana No. 5, de la provincia de Morona Santiago, de 400 m2 de terreno en el que se encuentran emplazadas dos edificaciones de

 

planta única que suman 215,50 m2 aproximadamente de construcción, con todos los derechos reales y obligaciones, sus usos, costumbres y servidumbres, y con los siguientes linderos y dimensiones: Norte: en la extensión de veinte metros, con la calle Luis Casiragui; Sur: en la misma extensión de veinte metros, con terrenos de César Arévalo; Este: en la extensión de veinte metros, con la calle Elías Brito; y, Oeste: en la misma extensión de veinte metros, con más propiedades del señor César Arévalo.

Artículo 2.- El Ministerio del Interior acepta el traspaso del inmueble, singularizado en el artículo 1 del presente Acuerdo Interministerial, con todos los derechos reales y obligaciones, sus usos, costumbres y servidumbres que le corresponden.

Artículo 3.- Delegar la suscripción y legalización de la escritura pública de transferencia de dominio, así como la realización de todo acto inherente al cumplimiento de dicho fin al Coordinador Zonal 6, del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca; y, al Gobernador de la provincia de Morona Santiago, como Delegado del Ministerio del Interior, conforme a sus competencias; servidores que serán responsables civil, administrativa y penalmente de sus actos u omisiones en el ejercicio de esta delegación.

Artículo 4.- Disponer la entrega recepción del inmueble descrito en el artículo 1, entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca y el Ministerio del Interior, en la que intervendrán los Directores Financieros respectivos y los Guardalmacenes, o quienes hagan sus veces en cada entidad, con sujeción a la disposición del artículo 64 del Reglamento General Sustitutivo para el Manejo y Administración de Bienes del Sector Público.

Artículo 5.- Los gastos que demanden el traspaso del inmueble materia del presente instrumento, serán asumidos por el Ministerio del Interior y de igual manera, se procederá con el cambio de titularidad a favor de la citada Cartera de Estado, de los servicios básicos con los que cuenta este inmueble; así como sus obligaciones de pago respectivo.

Artículo 6.- Este Acuerdo será puesto en conocimiento de la máxima autoridad del Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público, Contraloría General del Estado y Secretaría Nacional de la Administración Pública.

Artículo 7.- De la ejecución del presente Acuerdo Interministerial, encargase a la Coordinación Zonal 6, del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca; y, al Gobernador de la provincia de Morona Santiago, funcionario delegado del Ministerio del Interior, quienes informarán oportunamente sobre las acciones realizadas al amparo de la presente delegación.

El presente Acuerdo Interministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Miércoles 22 de Julio de 2015