MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD
No. 15 256
LA SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD
Resuelve:
ARTÍCULO 1.- OTORGAR la DESIGNACIÓN al Organismo de Inspección CENTRO DE APOYO AL DESARROLLO METALMECÁNICO-CADME-, para ejecutar actividades de inspección en el sector automotriz en los alcances que se detallan a continuación:
ALCANCE DE DESIGNACION  | 
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SECTOR: AUTOMOTRIZ  | 
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Campo de inspección / elemento a inspeccionar  | 
Metodología  | 
Procedimiento de Inspección  | 
Código de Norma/Descripción de la Norma  | 
Inspección de Bus Urbano  | 
Visual Documental Instrumental  | 
Proceso de Evaluación de la Conformidad de la NTE INEN 2205-RTE INEN 038  | 
RTE NINEN 038:2010 "BUS URBANO"  | 
Inspección de Elementos Mínimos de Seguridad en Vehículos Automotores  | 
Visual Documental Instrumental  | 
Proceso de Evaluación de la Conformidad de la NTE INEN 034 (Elementos mínimos de seguridad) PROC-2,3,1-1  | 
RTE INEN 034:2015 "Elementos de seguridad en vehículos automotores". Numerales: 4.1 Dispositivos de alumbrado y de señalización luminosa y de visibilidad (NTE INEN 1155). 4.5 Neumáticos (RTE INEN 011). 4.11 Vidrios (NTE INEN 1669).  | 
Inspección de Vehículos de Trasporte Escolar  | 
Visual Documental Instrumental  | 
Proceso de Evaluación de la conformidad del RTE INEN 041 PROC-2,3,3-1  | 
RTE INEN 041:2013 "Vehículos de Transporte escolar"  | 
Inspección de Bus Interprovincial e Intraprovincial  | 
Visual Documental Instrumental  | 
Proceso de Evaluación de la conformidad del RTE INEN 043 (Bus Interprovincial e Intraprovincial) PROC- 2,3,4-1  | 
RTE INEN 043:2010 "Bus Interprovincial e Intraprovincial"  | 
Inspección de Carrocerías Metálicas para Vehículos de Transporte de Pasajeros  | 
Visual Documental Instrumental  | 
Proceso de evaluación de la Conformidad Unidades Prototipo PROC-2.3.4-1  | 
NTE INEN 2664:2013 "Vehículos Automotores. Fabricantes de Carrocerías Metálicas para Vehículos de Transporte de Pasajeros. Requisitos".  | 
ARTÍCULO 2.- La vigencia de la designación otorgada mediante la presente Resolución será de dos años, contados a partir de la presente fecha.
ARTÍCULO 3.- El Organismo de Inspección CENTRO DE APOYO AL DESARROLLO METALME- CÁNICO-CADME-, deberá cumplir con las obligaciones establecidas en el artículo 27 del Reglamento General a la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad, emitido mediante Decreto Ejecutivo No. 756, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 450 de 17 de mayo de 2011.
ARTÍCULO 4.- El Ministerio de Industrias y Productividad procederá a excluir al Organismo de Inspección CENTRO DE APOYO AL DESARROLLO METALMECÁNICO-CADME- del Registro de Organismo de Inspección, si incurriere en el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones propias de la designación otorgada en la presente Resolución.
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