Acuerdo MPCEIP-DMPCEIP-2020-0042 Extiéndese la suspensión de todos los términos y plazos que se encuentren discurriendo dentro de todos los procedimientos administrativos, procedimientos sancionatorios, recursos de apelación, recursos de nulidad y ext

 

ACUERDO Nro. MPCEIP-DMPCEIP-2020-0042

 

SR. IVÁN FERNANDO ONTANEDA BERRÚ

MINISTRO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA

ACUERDA:

 

Artículo 1.- Extender la suspensión de todos los términos y plazos que se encuentren discurriendo dentro de todos los procedimientos administrativos, procedimientos sancionatorios, recursos de apelación, recursos de nulidad y extraordinario de revisión; que se encuentren en trámite en el Ministerio de Producción, Comercio Exterior Inversiones y Pesca; así como todos los términos que se encuentren discurriendo en los reclamos, solicitudes o pedidos dirigidos a esta cartera de Estado amparo de lo dispuesto en el artículo 207 de Código Orgánico Administrativo, contenido en la disposición general primera del Acuerdo Ministerial Nro. MPCEIP-DMPCEIP-2020-20 001, de 17 de marzo del 2020, hasta el 12 de abril del 2020.

 

DISPOSICIONES GENERALES

 

PRIMERA: Del cumplimiento de esta resolución encárguense cada una de los Viceministerios y sus respectivas Subsecretarias.

 

SEGUNDA: La Secretaria General encárguese de la publicación y de disponer la difusión de esta resolución.

 

DISPOSICIÓN FINAL

 

La presente resolución entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Viernes 3 de Abril de 2020