Acuerdo MINEDUC-MINEDUC-2020-00019-A Deléguense atribuciones y obligaciones al Coordinador General de Gestión Estratégica

ACUERDO Nro. MINEDUC-MINEDUC-2020-00019-A

SRA. MARÍA MONSERRAT CREAMER GUILLÉN

MINISTRA DE EDUCACIÓN

ACUERDA:

 

Artículo 1.- Delegar al Coordinador General de Gestión Estratégica de esta Cartera de Estado, para que, a más de las atribuciones y obligaciones contempladas en el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Educación, inicie, ejecute

 

y autorice de ser pertinente, todas las etapas inherentes al proceso de contratación de No. BIRF-8542-SBCC-CF-2018-023, cuyo objeto es: “IMPLEMENTACIÓN DE LA BODEGA DE DATOS (ALMACÉN DE DATOS) INSTITUCIONALES DEL MINISTERIO DE

EDUCACIÓN”, con un presupuesto referencial de USD $291.200,00 (doscientos noventa y un mil doscientos con 00/ 100 Dólares de los Estados Unidos de América) más IVA.

 

Artículo 2.- Para el cumplimiento de la presente delegación, el Coordinador General de Gestión Estratégica se encuentra facultado, pero no limitado, para:

 

  1. Suscribir resolución de: inicio, adjudicación, declaración de adjudicatario fallido, cancelación, desierto, modificatorias, archivo y reapertura, cuando corresponda, del proceso de contratación establecido en el artículo primero de este instrumento, sujeto a lo previsto en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública-LOSNCP.

 

  1. Designar a un servidor o servidora pública de su área, para participar en todas las etapas de aquellos procesos de contratación pública; quien deberá recomendar a la máxima autoridad o su delegado lo que corresponda de conformidad a lo establecido en la LOSNCP, su Reglamento General, Resoluciones emitidas por el SERCOP y demás normativa vigente.

 

  1. Designar a los miembros de la Comisión Técnica encargada de la evaluación de ofertas y elaboración del informe respectivo que recomiende la adjudicación del contrato, de conformidad a la LOSNCP, su Reglamento General, Resoluciones emitidas por el SERCOP y demás normativa vigente.

 

  1. Designar a los miembros de las Comisiones que suscribirán las correspondientes actas de recepción provisional, parcial, total y definitiva los bienes adquiridos en esta licitación de conformidad al artículo 124 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.

 

  1. Designar administrador de contrato. En esta designación se hará expresa referencia al cargo y no la persona. Adicionalmente, el director/a o servidor/a no podrá intervenir en otra etapa del proceso contractual.

 

  1. Suscribir el contrato principal, modificatorios y complementarios del proceso.

 

  1. Resolver motivadamente y suscribir la terminación del contrato, de ser pertinente, por mutuo acuerdo o terminación unilateral previo informe del administrador del contrato y de la Dirección Nacional Financiera, de conformidad con el procedimiento establecido en la LOSNCP, su Reglamento General y demás normativa vigente.

 

  1. Autorizar prórrogas de plazo solicitadas por el contratista de conformidad con la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento General y demás normativa vigente.

 

  1. Solicitar a la Dirección Nacional Financiera la autorización de gasto y solicitud de pago de las obligaciones, una vez que el contratista haya cumplido todas y cada una de las condiciones del contrato.

 

Artículo 3.- El delegado será directamente responsable de sus actuaciones u omisiones y estará sujeto a lo que establece el artículo 71 del Código Orgánico Administrativo.

 

DISPOSICIÓN GENERAL ÚNICA.- Encárguese a la Coordinación General de Secretaría General, el trámite de publicación del presente instrumento ante el Registro Oficial del Ecuador.

 

DISPOSICIÓN FINAL. - El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Martes 24 de Marzo de 2020