Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, confiere a las Ministras y Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la Ley, la facultad de ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que, el artículo 226 de la Norma Suprema señala: “Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que le sean atribuidas en la Constitución y la Ley...”;
Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 227 dispone que la administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficiencia, eficacia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación;
Que, el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva determina que los Ministros de Estado son competentes para el despacho de todos los asuntos inherentes a sus ministerios, y en su inciso tercero señala que las delegaciones ministeriales serán otorgadas por los Ministros de Estado mediante acuerdo ministerial, el mismo que será puesto en conocimiento del Secretario General de la Administración Pública y publicado en el Registro Oficial;
Que, la disposición contenida en el inciso primero del artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva determina que las atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades
de la Administración Pública Central e Institucional serán delegables en las autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por Ley o por Decreto;
Que, mediante Decreto Ejecutivo 339 de 26 de mayo de
2014, se reforma el artículo 17-3 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, que se relaciona con las atribuciones y competencias de los Ministerios Coordinadores;
Que, el economista Rafael Correa Delgado, Presidente de la
República del Ecuador, mediante Decreto Ejecutivo 1503 de
30 de abril de 2013, designa al economista Patricio Rivera
Yánez, Ministro Coordinador de la Política Económica;
Que, mediante acuerdo MCPE-2015-002 de 18 de febrero de 2015 se nombró a la señora Mariana Ruales Ojeda, para que desempeñe las funciones de Viceministra Coordinadora de la Política Económica;
Que, mediante Acción de Personal 161059 de 21 de enero de 2011 se nombró al señor Álvaro Fernando Troya Suárez, como Asesor 2 del Despacho Ministerial; y,
Sobre la base de los considerandos expuestos y en ejercicio de las atribuciones conferidas: