Que, el numeral primero del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, señala que a las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que, el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador, prescribe que la administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige, entre otros por los principios de eficacia, eficiencia, transparencia y evaluación;
Que, las letras a) y e) del artículo 77 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, determinan, respectivamente que, corresponde a la máxima autoridad, dirigir y asegurar la implantación, funcionamiento y actualización del sistema de control interno y de los sistemas de administración financiera, planificación, organización, información de recursos humanos, materiales, tecnológicos, ambientales y más sistemas administrativos; y, dictar los correspondientes reglamentos y demás normas secundarias necesarias para el eficiente, efectivo, y económico funcionamiento de sus instituciones;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 632 de 17 de enero de 2011, el Presidente Constitucional de la República del Ecuador, dispuso la reorganización de la Policía Nacional, estableciendo que su representación legal, judicial y extrajudicial, sea asumida por el Ministerio del Interior;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 773 de 13 de mayo de 2011, publicado en el Registro Oficial No. 460 de 01 de junio de 2011, el Presidente Constitucional de la República, economista Rafael Correa Delgado, designó como Ministro del Interior al doctor José Ricardo Serrano Salgado;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 1784 de 10 de noviembre de 2010, publicado en suplemento del Registro Oficial No. 102 de 17 de diciembre del 2010, se publicó el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Interior.
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 3130 de 04 de enero de 2013, ampliado mediante acuerdos ministeriales Nos. 3327A de 04 de julio de 2013, 3708A de 02 de octubre de 2013; y, 3803-A de 29 de noviembre de 2013, se declaró en emergencia institucional al Ministerio del Interior y sus dependencias, en el ámbito de sus competencias, en las áreas de equipamiento técnico, operativo y especializado, logística, infraestructura, recursos tecnológicos y humanos, y capacitación, necesarios para atender la seguridad ciudadana, el orden público, y las funciones que le asigne la Ley, en todo el territorio nacional, con estricto apego a lo establecido en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, su Reglamento General y las resoluciones emitidas por el Instituto Nacional de Contratación Pública;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 4042 de 13 de marzo de 2014, se suprimió del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Interior, la Dirección Técnica para el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana, estableciendo que el/la Director/a Administrativo/a del Ministerio del Interior, tendrá plena capacidad para ejercer todas las actividades y acciones administrativas necesarias para garantizar la continuidad en la ejecución de procesos, programas y proyectos iniciados por la referida Dirección Técnica;
Que, de acuerdo al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Interior, publicado en suplemento del Registro Oficial No. 102 de 17 de diciembre del 2010, la Coordinación General Administrativa Financiera tiene como misión planificar, dirigir, organizar, controlar y evaluar el cumplimiento de las actividades de las unidades administrativas bajo su cargo; y,
En ejercicio de las facultades que le confiere el numeral primero del artículo 154 de la Constitución de la República y el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva;