Que, el artículo 154, numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone:
“A las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión”;
Que, el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, en su parte pertinente dispone:
“... Los Ministros de Estado, dentro de la esfera de su competencia, podrán delegar sus atribuciones y deberes al funcionario inferior jerárquico de sus respectivos Ministerios, cuando se ausenten en comisión de servicios al exterior o cuando lo estimen conveniente, siempre y cuando las delegaciones que concedan no afecten a la buena marcha del Despacho Ministerial, todo ello sin perjuicio de las funciones, atribuciones y obligaciones que de acuerdo con las leyes y reglamentos tenga el funcionario delegado. Las delegaciones ministeriales a las que se refiere este artículo serán otorgadas por los ministros de Estado mediante acuerdo ministerial, el mismo que será puesto en conocimiento del Secretario General de la Administración Pública y publicado en el Registro Oficial. ...”;
Que, es necesario el encargo del Ministerio de Cultura del Ecuador en virtud del viaje al exterior que realizará la Ministra titular Erika Sylva Chavet, a la República Federativa de Brasil, para participar en los actos de transmisión del mando de la Presidenta electa de dicho país, Dilma Vana Rousseff Linhares; y,
Por disposición de la ley y en uso de sus atribuciones,