Que el artículo 154 numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador determina que a las ministras y ministros  de  Estado,  además  de  las  atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: “…1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión…”;
Que el artículo 226 de la Constitución ibídem manifiesta que “las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución.”;
Que el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador prescribe que “…La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración,                     descentralización,   coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación…”;
Que el artículo 77 literal e) de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, señala que las máximas autoridades de las instituciones del Estado son responsables de los actos, contratos o resoluciones emanados de sus autoridad y establece para estas, entre otras atribuciones y obligaciones específicas la de “….e) Dictar los correspondientes reglamentos y demás normas secundarias necesarias para el eficiente, efectivo y económico funcionamiento de sus instituciones…”;
Que  el  artículo  182  de  la  Ley  Orgánica  de  EducaciónSuperior publicada en el Registro Oficial Suplemento Nro.298, de fecha 12 de Octubre del 2010, establece que: “…la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, es el órgano que tiene por objeto ejercer la rectoría de la política pública de educación superior y coordinar acciones entre la Función Ejecutiva y las instituciones del Sistema de Educación Superior…”;
Que de conformidad con el literal e) del artículo 183 de la Ley Orgánica de Educación Superior, es función de la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología  e Innovación,  diseñar,   implementar, administrar  y  coordinar  el  Sistema  Nacional  de Información de la Educación Superior del Ecuador;
Que  el  02  de  febrero  de  2011,  mediante  Acuerdo  No.2011-004, el Secretario Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación expidió el Estatuto Orgánico de Gestión Organización por Procesos de la Secretaría   Nacional   de   Educación   Superior,   Ciencia,
Tecnología e Innovación, publicado en el Registro Oficial Suplemento  No.  150  de  24  de  mayo  de  2011,  dicho Estatuto establece el artículo 11, literal b), que, será responsabilidad del Secretario dirigir las actividades de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación;
Que mediante Decreto Ejecutivo Nro. 934, de fecha 10 de noviembre de 2011, el señor Presidente Constitucional de la República, economista Rafael Correa Delgado, designó a René Ramírez Gallegos como Secretario Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, mismo que fue ratificado en el cargo mediante Decreto Ejecutivo N° 2 del 27 de mayo de 2013, publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial N° 5 del 31 de mayo de 2013;
Que mediante Decreto Ejecutivo Nro. 131, de fecha 08 de octubre de 2013, la Presidencia de la República expidió la Reforma  al  Estatuto  Jurídico  y  Administrativo  de  la Función Ejecutiva, mediante el cual se sustituye el numeral
7 del artículo innumerado agregado a continuación del artículo  16,  por  el  cual  la  Secretaría  de  Educación Superior, Ciencia y Tecnología, pasa a ser Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación;
Que con fecha 2 de enero de 2014, el Secretario de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación expide el Acuerdo No. 001-2014 por el cual delega atribuciones a diferentes  funcionarios de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación;
Que mediante Acuerdo Nro. 2015-032 de 09 de marzo del 2015, el señor Secretario de Educación Superior, Ciencia, Tecnología  e  Innovación,  designa  a  la  doctora  Rina Catalina Pazos Padilla, Subsecretaria General de Ciencia, Tecnología e Innovación, para que lo subrogue en sus funciones desde el 11 de marzo hasta el 14 de marzo de 2015;
Que   la   señorita   Ximena   Alexandra   Escobar   García, Asesora de Despacho, responsable del Sistema Nacional de Información de la Educación Superior del Ecuador (SNIESE), se encuentra con reposo médico desde el 13 de marzo al 30 de marzo de 2015; y,
Que es necesario designar a un/a funcionario/a como responsable del Sistema Nacional de Información de la Educación Superior del Ecuador, durante el tiempo en que dure la ausencia de su titular por enfermedad.
En ejercicio de las atribuciones que le confieren el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador y el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva: