Que, el inciso segundo del artículo 141 de la Constitución de la República señala que la Función Ejecutiva está integrada por la Presidencia y Vicepresidencia de la República, los Ministerios de Estado y los demás organismos e instituciones necesarios para cumplir, en el ámbito de su competencia, las atribuciones de rectoría, planificación, ejecución y evaluación de las políticas públicas nacionales y planes que se creen para ejecutarlas;
Que, el artículo 154 de la Norma Suprema señala que corresponde a las Ministras y Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que, el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva señala que los Ministros de Estado dentro de la esfera de su competencia, podrán delegar sus atribuciones y deberes al funcionari inferior jerárquico de sus respectivos Ministerios, cuando se ausenten en comisión de servicios al exterior o cuando lo estimen conveniente, siempre y cuando las delegaciones que concedan no afecten a la buena marcha del Despacho Ministerial, todo ello sin perjuicio de las funciones, atribuciones y obligaciones que de acuerdo con las leyes y reglamentos tenga el funcionario delegado;
Que, el 03 de enero del 2008, mediante Decreto Ejecutivo No. 849, se creó el Ministerio de Coordinación de los Sectores Estratégicos, publicado en el Registro Oficial No. 254 de 17 de enero del 2008;
Que, el artículo 4 del Decreto Ejecutivo No. 849, señala que el: Ministro de Coordinación de los Sectores Estratégicos, será la máxima Autoridad de esta dependencia de Estado y ejercerá su representación legal, tendrá la responsabilidad de emitir acuerdos y resoluciones para la reglamentación y estructura orgánica funcional, desarrollo de actividades;
Que, el 28 de noviembre de 2012, mediante Decreto Ejecutivo No. 1365, el señor Presidente Constitucional de la República nombró como Ministro de Coordinación de los Sectores Estratégicos, al doctor Rafael Poveda Bonilla;
Que, con motivo del viaje del señor Presidente Constitucional de la República a la ciudad de Houston - Estados Unidos de América, se ha dispuesto que el Dr. Rafael Poveda Bonilla, Ministro de Coordinación de los Sectores Estratégicos, forme parte de la Comitiva Presidencial que participará de la referida visita de Estado;
Que, para asegurar una gestión adecuada en los procesos gobernantes del Ministerio de Coordinación de los Sectores Estratégicos, es preciso que un servidor subrogue el Despacho Ministerial, con el fin de no interrumpir la marcha institucional y la gestión con las instituciones que integran los Sectores Estratégicos, así como coordinar y supervisar las actividades técnicas y administrativas de la institución;
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales; y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 154 numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador; artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva; y, artículo 4 del Decreto Ejecutivo No. 849 publicado en el R.O. 254 de 17 de enero de 2008.