Que, la Primera Disposición Reformatoria del Decreto No. 1669, publicada en el Registro Oficial No. 578 de 27 de abril del 2009, sustituye en los decretos ejecutivos Nos. 303 y 894, publicados en los registros oficiales Nos. 85 y 271 de 16 de mayo del 2007 y de 12 de febrero del 2008, respectivamente, la expresión “PROGRAMA SISTEMA NACIONAL DE MICROFINANZAS” o sus siglas PSNM por la siguiente denominación: “PROGRAMA NACIONAL DE FINANZAS POPULARES, EMPRENDIMIENTO y ECONOMÍA SOLIDARIA”;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 029 MF - 2009, publicado el 11 de febrero del 2009, delega al señor Antonio Grijalva, servidor de esta Cartera de Estado, ante el Directorio del Programa Sistema Nacional de Micro- finanzas, PSNM; y,
En ejercicio de las atribuciones conferidas en el Título IV, capítulo tercero, artículo 154, numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador; artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado; y, de los artículos 17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva y de su reforma constante en el Decreto Ejecutivo No. 131, publicado en el Registro Oficial No. 35 de 7 de marzo del 2007,