Que la Ley Orgánica de Servicio Público, publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 294 del miércoles 6 de octubre del 2010, en su artículo 51, literales a) y b), establece entre otras competencias del Ministerio de Relaciones Laborales, la de ejercer la rectoría en materia de remuneraciones del sector público, y expedir las normas técnicas correspondientes en materia de recursos humanos, y, proponer las políticas de estado y de Gobierno, relacionadas con la administración de recursos humanos del sector público;
Que la ex-SENRES, hoy Ministerio de Relaciones Laborales, mediante Resolución No. SENRES-PROC-2006-0000046, emitió la Norma Técnica de diseño de reglamentos o estatutos orgánicos de gestión organizacional por procesos, publicada en el Registro Oficial No. 251 del 17 de abril del 2006;
Que en el Registro Oficial No. 120 de 5 de julio del 2007, se promulgó el Decreto Ejecutivo No. 437 del 22 de junio del mismo año, que en su artículo No. 1, establece que “Será facultad expresa de los Ministros de Estado, establecer la organización de cada uno de sus ministerios, en forma especial, la creación o supresión de Subsecretarías, sin que sea necesaria la expedición de Decreto Ejecutivo alguno” (Estatuto de Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, Decreto Ejecutivo No. 2428, promulgado en el Registro Oficial No. 536 del 18 de marzo del 2002, Art. 11, lit. i), Presidencia de la República 2002;
Que con Decreto Ejecutivo No. 195 de 29 de diciembre del 2009, publicado en Registro Oficial Suplemento No. 111 de 19 de enero del 2010, se emite los lineamientos estructurales para organizar las unidades administrativas en los niveles de dirección, asesoría, apoyo y operativo, de los ministerios de Coordinación y Sectoriales, Secretarías e Institutos Nacionales pertenecientes a la Función Ejecutiva;
Que con oficio No. DI-SENRES-2009-003400 del 6 de junio del 2009, la Secretaría Nacional Técnica, emite dictamen favorable, al proyecto de acuerdo ministerial, en el cual consta el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca;
Que con Acuerdo Ministerial No. 640 de 2 de diciembre del 2010, se reforma el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del MAGAP, con la creación del Viceministerio de Acuacultura y Pesca;
Que mediante Acuerdo Ministerial No. 007 de 7 de enero del 2011, se reforma el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del MAGAP, con la creación del Viceministerio de Desarrollo Rural;
Que el Gobierno Nacional, a través de la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo -SENPLADES-, ha dictado las directrices, con el objeto de que cada una de las carteras de Estado establezca su modelo de gestión, acorde al plan nacional de desarrollo y a los objetivos del Gobierno Nacional, para el desarrollo armónico del país; y,
En uso de las facultades determinadas en los artículos 154, numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador y 17 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva y atribuciones que le confiere al artículo 1 del Decreto Ejecutivo No. 437 del 22 de junio del 2007,