No. 021
EL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, ACUACULTURA Y PESCA
Acuerda:
Art. 1.- Establecer el precio mínimo de sustentación al pie de barco de los distintos tipos de cajas autorizadas de banano y otras musáceas destinadas a la exportación, en dólares de los Estados Unidos de América, que regirá hasta el 31 de diciembre del 2011 conforme a la siguiente tabla y cuya vigencia será a partir de la suscripción del presente acuerdo:
Tipo de caja |
Peso libras |
Precio mínimo de sustentación por cada caja US $ |
US $ por libra |
22XU |
41,50 libras (se considera 1,5 libras por deshidratación - Fruta Neta 40 libras) |
5,500 |
0,1325 |
208 |
31 |
3,979 |
0,1284 |
208 CH |
31 |
3,328 |
0,1074 |
2527 |
28 |
3,604 |
0,1287 |
22 XU CS |
41,50 libras (se considera 1,5 libras por deshidratación - Fruta Neta 40 libras) |
5,500 |
0,1325 |
22XUCSS |
46 |
3,048 |
0,0663 |
BB BM |
15 |
3,550 |
0,2367 |
STARBUCK 22 |
10 |
1,432 |
0,1432 |
Observaciones: Se considera la caja 22 XU de 41,5 libras (en la cual se considera 1,5 libras por deshidratación de la fruta hasta el puerto de destino, con peso neto de llegada de 40 libras) tomando en cuenta que el banano que se dirige hacia la Unión Europea se empaca con funda al vacío y la que se dirige hacia los Estados Unidos se empaca con funda politubo perforada.
La caja que se exporta al cono Sur 22 XUCS de primera es igual en peso y en precio a la 22 XU, esto es 41,5 libras y US $ 5,50 de precio.
La caja 22XUCSS que se considera de aprovechamiento, que se exporta al Cono Sur se considera un peso de 46 libras.
Art. 2.- A partir de la suscripción del presente acuerdo, se establecen los precios mínimos referenciales F.O.B. de exportación de los distintos tipos de cajas autorizadas de banano y otras musáceas destinadas a la exportación, en dólares de los Estados Unidos de América, que regirá hasta el 31 de diciembre del 2011, conforme a la siguiente tabla y cuya vigencia será a partir de la suscripción del presente acuerdo:
Tipo de caja |
Peso libras |
Precio mínimo de sustentación por cada caja US $ |
Gastos del exportador |
Precio mínimo referencial FOB caja US $ |
22XU |
41,50 libras (se considera 1,5 libras por deshidratación- Fruta Neta 40 libras) |
5,500 |
1,55 |
7,050 |
208 |
31 |
3,979 |
1,16 |
5,139 |
208 CH |
31 |
3,328 |
1,16 |
4,488 |
2527 |
28 |
3,604 |
1,16 |
4,764 |
22 XU CS |
41,50 libras (se considera 1,5 libras por deshidratación- Fruta Neta 40 libras) |
5,500 |
1,40 |
6,900 |
22XUCSS |
46 |
3,048 |
1,40 |
4,448 |
BB BM |
15 |
3,550 |
1,20 |
4,750 |
STARBUCK 22 |
10 |
1.1432 |
0,39 |
1,822 |
Art. 3.- El presente acuerdo ministerial entrará en vigencia desde la fecha de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
Deróguese todo acuerdo que se oponga al presente.
Comuníquese y publíquese.
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