Que la Ley Orgánica del Servicio Público publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 294 de 6 de octubre de 2010, en su artículo 126 dispone que cuando por disposición de la Ley o por orden escrita de autoridad com- petente, la servidora o el servidor deba subrogar en el ejer- cicio de un puesto del nivel jerárquico superior, cuyo titular se encuentre legalmente ausente, recibirá la diferencia de la remuneración mensual unificada que corresponda al subrogado, durante el tiempo que dure el reemplazo, a partir de la fecha de la subrogación, sin perjuicio del derecho del titular;
Que el artículo 270 del Reglamento General a la invocada Ley Orgánica, publicado en el Suplemento del Registro Ofi- cial No. 418 de 1 de abril de 2011, dispone que la subro- gación procederá de conformidad al anotado artículo 126, considerando que la o él servidor subrogante tendrá dere- cho a percibir la diferencia que exista entre la remuneración mensual unificada de su puesto y la del puesto subrogado, incluyendo estos los puestos que dependan administrativa- mente de la misma institución;
Que con Acuerdo Ministerial No. 2 de 5 de enero de 2012, el señor Ministro de Finanzas delegó a él o la titular de la Coordinación General Administrativa Financiera todas las funciones y atribuciones que le corresponden al titular de esta Secretaría de Estado en lo referente al ámbito de apli- cación de la Ley Orgánica del Servicio Público y Código del Trabajo;
Que mediante Memorando Nro. MINFIN-SCG-2015-026-M de 27 de enero de 2015, la señora Subsecretaría de Contabilidad Gubernamental, pone en conocimiento de la Coordinadora General Administrativa Financiera que con la autorización del señor Ministro, hará uso de sus vacaciones, por tanto la Dra. Sonia Proaño Directora Nacional de Esta- dos Financieros, subrogará las funciones de Subsecretaría de Contabilidad Gubernamental y la licenciada Marianita Espi- nosa las de Directora Nacional de Estados Financieros, en el período del 30 de enero al 13 de febrero de 2015; y,
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 126 de la Ley Orgánica del Servicio Público, 270 del Regla- mento General a la invocada Ley, 1 del Acuerdo Ministerial No. 2,