Acuerdo 002 Apruébase el Estatuto de la Asociación Ambiental “Flora y Fauna Carpuela”, domiciliada en Ibarra-Imbabura

No. 002
EL MINISTERIO DEL AMBIENTE 

Acuerda:

Art. 1.- Aprobar el Estatuto de la Asociación Ambiental “FLORA Y FAUNA CARPUELA”, domiciliada en el cantón Ibarra, provincia de Imbabura y otorgarle personalidad jurídica.

Art. 2.- Registrar en calidad de miembros fundadores a las siguientes personas:

SOCIOS FUNDADORES

  • Luis Hernando Congo 100106321-1
  • Cruz Elías Congo Calderón 100075658-3
  • Moisés Abrahán Congo Calderón 100101651-6
  • Segundo Ermel Delgado Carcelén 100087909-6
  • Raimundo Paco Carcelén Padilla 100124916-6
  • Lenyn Alirio Espinoza Chalá 040088059-7
  • Carmen Pastrana Folleco 100099792-2
  • Edwin Marcelo Mina Delgado 100210407-1
  • Manuel Mesías Padilla Carabalí 100052472-6
  • Ruth Cecilia Mina Delgado 170608754-9
  • María Carmen García 180194330-7
  • Eleodora Magdalena Colorado 100119495-8
  • María Rosario Padilla Campos 100098971-3
  • Jacinto Carcelén Folleco 100124743-4
  • Segundo Isaac León Yépez 100030879-9

Art. 3.- Disponer que la Asociación Ambiental “FLORA Y FAUNA CARPUELA”, ponga en conocimiento del Ministerio del Ambiente, la nómina de la Directiva, según lo establecido en el Art. 8 del Decreto Ejecutivo 3054, publicado en el Registro Oficial No. 660 del 11 de septiembre del 2002.

Art. 4.- Disponer su inscripción en el Registro General de Fundaciones y Corporaciones, que para el efecto lleva la Coordinación General de Asesoría Jurídica de este Ministerio y en el Registro Forestal que mantiene la Dirección Provincial de Imbabura, conforme a lo dispuesto en el literal e) del Art. 17 de la Resolución No. 005 RD de 7 de agosto de 1997 y Arts. 49 y 211 del Libro III del Texto Unificado de la Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente.

Art. 5.- Notificar a los interesados con una copia de este acuerdo, conforme a lo dispuesto en los Arts. 126 y 127 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.

Art. 6.- El presente acuerdo tendrá vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.

Comuníquese y publíquese.

Martes 18 de Enero de 2011