Resolución NAC-DGERCGC11-00026 Apruébase el formulario anexo a la presente resolución de “Declaración informativa de transacciones exentas del Impuesto a la Salida de Divisas”

No. NAC-DGERCGC11-00026
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS 

Resuelve:

Artículo 1.- Aprobar el formulario anexo a la presente resolución de “Declaración informativa de transacciones exentas del Impuesto a la Salida de Divisas”, mismo que deberá ser llenado y presentado por el ordenante de envío de divisas al exterior al momento de solicitar la transferencia al exterior, en dos ejemplares que contengan la misma información, uno para el ordenante del envío y otro para la institución financiera o courier que lo efectúe, quienes deberán conservarlos en sus archivos por el plazo de siete años. Cada uno de los ejemplares de este formulario deberán estar firmados por el ordenante del envío, su representante legal y por el contador agente de retención, de ser el caso, y acompañados de la documentación de respaldo que sustente la exoneración del impuesto a la salida de divisas, según se detalla a continuación:

  1. Copia certificada de la autorización como administrador u operador de una Zona Especial de Desarrollo Económico, emitida por la unidad técnica operativa responsable de la supervisión y control de las mismas, en donde conste claramente la actividad autorizada;
  2. Copia certificada de los documentos de importación respectivos tales como: documento aduanero vigente, factura, pólizas de seguros y conocimiento de embarque, entre otros; y,
  3. Copia del registro en el Banco Central del Ecuador, tanto del crédito externo como del pago que se efectúe.

Este formulario puede ser impreso desde la página web del SRI (www.sri.gob.ec) u obtenido de manera gratuita en las oficinas del Servicio de Rentas Internas, a nivel nacional.

Artículo 2.- La falta de presentación, la presentación tardía o con errores de la información contenida en este formulario será sancionada conforme las disposiciones legales vigentes, sin perjuicio de las responsabilidades que se generen por la información inexacta o falsa que se incluya en este formulario.

Disposición Final.- La presente resolución, entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.

Comuníquese y publíquese.

 

 

 

Lunes 17 de Enero de 2011