Acuerdo 018 Apóyese a la agroindustria avícola nacional en su iniciativa de sustitución de importaciones de huevo fértil mediante el incremento de la crianza de aves de reproducción en el país

No. 018

EL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, ACUACULTURA Y PESCA

Acuerda:

Artículo 1.- Apoyar a la Agroindustria Avícola Nacional en su iniciativa de sustitución de importaciones de huevo fértil mediante el incremento de la crianza de aves de reproducción en el país.

Artículo 2.- El MAGAP apoyará en el establecimiento y en la ejecución de las siguientes políticas:

  1. El permiso fitosanitario otorgado por la Agencia Aseguradora de la Calidad del Agro – AGROCALIDAD será el único documento requerido para la importación de huevo fértil y reproductor.
  2. Una vez que se incremente la producción nacional de huevo fértil, se establecerá un régimen de importa- ciones no automáticas de huevo fértil, destinadas a apoyar la producción nacional de este rubro.
  3. El MAGAP, con el fin de apoyar el desarrollo de la producción nacional de huevo fértil, gestionará ante las instituciones públicas de crédito, como la CFN, BNF y otras, la apertura de líneas de crédito a largo plazo para el establecimiento de granjas avícolas para este propósito, de acuerdo a los términos y condiciones de las instituciones que generen el crédito.
  4. El MAGAP apoyará la implementación del Plan Sanitario Avícola Nacional que está aprobado por la Agencia Aseguradora de la Calidad del Agro – AGROCALIDAD; así como, gestionará ante el Ministerio del Ambiente la recategorización ambiental de granjas avícolas.
  5. Elaborará y ejecutará un plan de control efectivo de contrabando de huevo fértil y pollito/pollita bb, gestionando ante la SENAE, SRI y AGROCALIDAD, la aplicación del mismo.
  6. El MAGAP gestionará ante el COMEX el diferimiento arancelario para torta de soya, necesaria para la producción de alimentos balanceados.
  7. El MAGAP gestionará ante el Ministerio Coordinador de Producción, Empleo y Competitividad (MCPEC) y ante las instituciones gubernamentales centrales y GAD´s el establecimiento de ventanillas únicas para trámites públicos.

Artículo 3.- De la ejecución del presente Acuerdo Ministerial, encargase a la Subsecretaria de Ganadería, Subsecretaría de Comercialización, Coordinadores Zonales y Directores Técnicos Provinciales del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.

Artículo 4.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Miércoles 28 de Enero de 2015